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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 195 Miercoles, 09 de octubre de 2002 Pág. 14.533

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 9 de septiembre de 2002, de la Delegación Provincial de A Coruña, de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente IN407A 02/15).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública, en concreto, de las instalaciones eléctricas que a continuación se detallan:

-Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

-Domicilio social: avda. de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.

-Denominación: L.M.T. Picota-Campo Feria.

-Situación: Cerceda.

-Características técnicas: línea eléctrica aérea de media tensión a 20 kV, sobre apoyos de hormigón y metálicos, con conductor LA-56, de 2.429 m de longitud, con origen en la línea Picota-Francelos y final en el apoyo anterior al C.T. Lavandeiras. En el término municipal de Cerceda.

El expediente se sometió a los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE nº 285), del sector eléctrico, y en el título VII del Real decreto de 1 de diciembre (BOE nº 310), sobre autorización de instalaciones de energía eléctrica.

En la fase de información pública se presentaron las siguientes alegaciones:

Gumersinda García Lamas, como heredera de Emilio García Grela, propietario de la finca nº 4/1, manifiesta que en la zona existen más fincas pertenecientes a su padre. Solicita que personal de Unión Fenosa Distribución, S.A., una vez en la finca, le sea señalado el trazado de dicha línea al objeto de poder determinar si afecta a más fincas.

Unión Fenosa Distribución, S.A. manifiesta que esta sociedad se pondrá en contacto con la sra. García para mostrarle el trazado proyectado, tal y como solicita en su escrito.

Jesús Fuentes García, propietario de la finca nº 12, manifiesta que se opone a la declaración de utilidad pública, dado que la entidad expropiante puede instalar la L.M.T. por otros lugares menos gravosos para el expropiado, incluso sin llegar a afectar a la finca.

Que la finca queda cortada por la mitad perdiendo todo su valor. Añade además que la finca tiene una plantación de eucaliptos con lo cual habrá que cortarlos con una merma económica importante.

Unión Fenosa Distribución, S.A. manifiesta que el expediente no ha sido declarado de utilidad pública, encontrándose en el período de información plúbica. Que no ha sido posible proyectar dicho trazado siguiendo los linderos de fincas por propiedad privada por el hecho de la excesiva parcelación de fincas existentes en la zona. Menciona el Decreto 3151/1998, R.T.L.E.A.T., en especial el artículo 4. Que si no se llega a un acuerdo amistoso, podrá presentar hoja de aprecio valorando todos los perjuicios que estime a fin de que el Jurado Provincial de Expropiación determine el justiprecio definitivo.

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, esta delegación provincial resuelve:

Autorizar, aprobar el proyecto de ejecución y declarar de utilidad pública, en concreto, las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el anteproyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Las instalaciones se ejecutarán en un plazo no superior a un año, contado a partir de la fecha de esta resolución.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

A Coruña, 9 de septiembre de 2002.

Jesús Espada Martínez

Delegado provincial de A Coruña

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL

Y TURISMO