En la resolución del Instituto Gallego de Consumo de 19 de abril de 2002, por la que se convocan ayudas a las corporaciones locales para actividades de información, educación y defensa del consumidor y usuario para el año 2002 (DOG nº 82, del 29 de abril), se establece como fecha límite para la justificación de la subvención el 20 de noviembre del presente año y teniendo en cuenta que el elevado número de solicitudes presentadas motivaron un largo proceso de evaluación de los proyectos que comprenden las citadas ayudas debido a su complejidad, se considera necesario ampliar el plazo de ejecución y justificación de este tipo de ayudas.
En consecuencia, en uso de las atribuciones que me fueron concedidas,
DISPONGO:
Artículo único.-Ampliar el plazo para la ejecución y justificación de las ayudas concedidas a corporaciones locales según la resolución del Instituto Gallego de Consumo de 19 de abril de 2002, por la que se convocan ayudas a corporaciones locales para actividades de información, educación y defensa del consumidor y usuario para el año 2002, hasta el día 31 de diciembre de 2002.
Santiago de Compostela, 26 septiembre de 2002.
Víctor Tello Calvo
Presidente del Instituto Gallego de Consumo
CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES
Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA