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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 194 Martes, 08 de octubre de 2002 Pág. 14.474

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 20 de septiembre de 2002 por la que se autoriza un proyecto de experimentación educativa sobre utilización de la informática en los procesos de enseñanza-aprendizaje en el colegio público de educación infantil y primaria Ponte dos Brozos, del municipio de Arteixo (A Coruña).

La Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, establece en el artículo 59.1º que las administraciones educativas fomentarán la investigación y favorecerán la elaboración de proyectos que incluyan innovaciones curriculares, metodológicas, tecnológicas y de organización de los centro docentes.

El artículo 33 de la Ley 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, evaluación y gobierno de los centros docentes, determina que las administraciones educativas impulsarán los procesos de innovación educativa en los centros, prestando especial apoyo a los proyectos de investigación educativa encaminados a la mejora de la calidad de la enseñanza y en los que participen equipos de profesores de los distintos niveles educativos.

La mejora de la calidad de la educación que reciben los alumnos de la Comunidad Autónoma gallega es una preocupación fundamental de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, siendo éste un objetivo prioritario que anima su política educativa en armonía con el deseo patente de los destinatarios de la educación.

En una sociedad que está experimentando grandes avances tecnológicos, el quehacer educativo no puede quedar al margen, sino que ha de avanzar al mismo ritmo y propiciar y generar esos cambios. La denominada era de la comunicación, de la información y del conocimiento está incidiendo en el sistema educativo, siendo precisa una adecuación de éste a los continuos cambios sociales, culturales, productivos y económicos que se están generando. En este contexto, en el que el alumnado aprende y se relaciona, encontrará nuevas profesiones, nuevas herramientas y escenarios en permanente evolución.

La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria ha de ser el elemento impulsor y dinamizador de estos intentos de investigar y experimentar nuevos programas, métodos y técnicas, así como la encargada de garantizar el seguimiento y evaluación de los mismos.

El proyecto que se pretende llevar a cabo constituye una iniciativa de la Fundación Amancio Ortega Gaona, en sintonía con lo expuesto por el CEIP Ponte dos Brozos de Arteixo en el proyecto educativo de centro, y tiene como objetivo la modernización de los procesos de enseñanza y aprendizaje mediante la incorporación

de avanzados instrumentos tecnológicos de la información y comunicación como medio didáctico para alcanzar las mejores metas educativas.

A tal fin, el Consello de la Xunta de Galicia de 11 de diciembre de 2001 autorizó la firma de un convenio de colaboración entre la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y la citada fundación.

En virtud de lo anterior, esta consellería

DISPONE:

Primero.-Autorizar un proyecto de experimentación educativa sobre la utilización de la informática en los procesos de enseñanza-aprendizaje en el colegio público de educación infantil y primaria Ponte dos Brozos de Arteixo en la provincia de A Coruña.

Segundo.-La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria dotará al centro del profesorado necesario.

Tercero.-El coordinador del proyecto será un funcionario del cuerpo de maestros, que será nombrado a través de un concurso específico de méritos convocado por esta consellería de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 244/1999, de 29 de julio (DOG del 1 de septiembre), por el que se regula la cobertura de diversa plazas por funcionarios públicos docentes que impartan enseñanzas de niveles no universitarios.

Cuarto.-Los maestros participantes en el mencionado proyecto experimental podrán continuar en el mismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del mencionado Decreto 244/1999.

Quinto.-La evaluación de la experiencia correrá a cargo de la inspección central sin perjuicio de que se pueda establecer una comisión evaluadora en la que, al menos, estará representada la inspección educativa y los órganos de gobierno del centro.

Sexto.-El centro remitirá, al finalizar cada curso escolar, a través de la delegación provincial a la Dirección General de Centros e Inspección Educativa, una memoria de las actividades desarrolladas relacionadas con dicha experiencia, así como los resultados obtenidos.

Disposición final

Se autoriza a las direcciones generales de Personal, de Centros e Inspección Educativa y de Ordenación Educativa y Formación Profesional a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de esta orden.

Santiago de Compostela, 20 de septiembre de 2002.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria