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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 191 Jueves, 03 de octubre de 2002 Pág. 14.352

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE VIGO

RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2002 por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza de técnico superior de microscopía electrónica.

En cumplimiento de lo dispuesto en los estatutos de esta universidad, aprobados por Resolución de 16 de

septiembre de 1993 (DOG del 22 de octubre), y al objeto de atender las necesidades de personal de Administración y servicios de la Universidad de Vigo.

Este rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 75 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, resuelve convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de técnico superior de microscopía electrónica, vacante en su plantilla, de acuerdo con las siguientes.

Bases de la convocatoria

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir con personal laboral fijo una plaza de técnico superior de microscopía electrónica, del grupo I. La plaza se ofertará inicialmente por el sistema de promoción interna y, de no cubrirse, se ofertará por el sistema de acceso general libre.

1.2. Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas de provisión.

1.3. El procedimiento de selección será el de concurso-oposición y constará de las fases, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

1.4. El programa que regirá las pruebas de la fase de oposición es el que se relaciona en el anexo II.

1.5. Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo previsto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; a la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, modificada por la Ley 4/1991, y por la Ley 3/1995; al Real decreto 364/1995, de 10 de marzo; al Decreto 95/1991, de 20 de marzo; a los estatutos de la Universidad de Vigo y a lo dispuesto en la presente convocatoria.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes, con independencia del turno de acceso, deberán poseer todos los requisitos exigidos en esta base en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta la firma del correspondiente contrato.

2.2. Requisitos comunes para todos los turnos de acceso:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, nacional del Reino de Noruega o de la República de Islandia.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de países miembros de la Unión Europea,de Noruega o de Islandia siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de esta edad que vivan a sus expensas.

b) Haber cumplido dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de licenciado, arquitecto superior, ingeniero superior o titulación equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se

deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Haber abonado las tasas por derechos de examen.

e) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

f) No haber sido separado o estar suspendido del servicio de cualquier Administración pública ni inhabilitado para el desempeño de la función pública por sentencia firme. Los aspirantes que no tengan nacionalidad española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

2.3. Los aspirantes que concurran a las pruebas por el turno de promoción interna deberán pertenecer al plantilla laboral fijo de la Universidad de Vigo, y a una categoría profesional distinta a la de las plazas objeto de la presente convocatoria.

3. Solicitudes.

3.1. Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se ajustarán al modelo que figura como anexo IV de esta convocatoria y deberán presentarse adjuntando fotocopia del DNI y, en su caso, justificación de los méritos alegados.

Los aspirantes que no posean nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco o el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Los méritos alegados se acreditarán de la siguiente forma:

3.1.1. Los servicios prestados en las universidades públicas de Galicia se acreditarán mediante certificación de la gerencia o unidad de persoal correspondiente, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los servicios prestados en la Universidad de Vigo se certificarán de acuerdo con lo establecido en la base 7.2.

3.1.2. La formación se acreditará mediante la presentación de los títulos y diplomas correspondientes, o certificación del órgano competente de estar en condiciones de obtenerlos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3.1.3. De conformidad con lo establecido en la base 6.5 de la convocatoria, los aspirantes quedarán exentos de la realización de la prueba previa de acreditación de conocimiento de castellano, si con la solicitud adjuntan copia compulsada de los diplomas básico o superior de español como lengua extranjera o del certificado de aptitud de español para extranjeros expedido por las escuelas oficiales de idiomas. En otro caso les será de aplicación lo previsto en la base anteriormente citada.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al rector de la Universidad de Vigo en el plazo de 20 días naturales con

tados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOE (para su divulgación se remite también al Diario Oficial de Galicia).

3.3. La presentación de solicitudes se hará en el registro general de la Universidad de Vigo (calle Oporto, nº 1; 36201, Vigo) o según las restantes formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas y consulares españolas correspondientes.

Los aspirantes no podrán presentar más de una solicitud ni solicitar su participación en las pruebas selectivas, simultáneamente, en más de un sistema de acceso. La contravención de alguna de estas normas determinará la exclusión de los aspirantes.

3.4. Los derechos de examen serán de 45,23 euros y se ingresarán en la cuenta corriente número 2091-0501-67-3110002558, Universidad de Vigo. Cuentas oposiciones. (Caixa Galicia, O.P. de Vigo). En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria acreditativo del pago de los derechos de examen; su falta determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la mera presentación de la solicitud y el pago en la entidad bancaria supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

Los derechos de examen serán reintegrados de oficio a los aspirantes que sean excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas y hubiesen cubierto los datos bancarios necesarios para hacer la devolución.

Estarán exentas de pago las personas cuya discapacidad sea igual o superior al 33%, siempre que acompañando su solicitud presenten las certificaciones que la acrediten.

3.5. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones para cubrir su solicitud:

a) En la casilla nº 11 se indicará el turno por el que se solicita acceder.

b) Los aspirantes con minusvalías podrán solicitar en la casilla nº 13 las adaptaciones de tiempos y medios que para la realización de las pruebas consideren necesarias.

3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.7. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hicieran constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente solicitar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.2. para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la universidad.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes el rector de la Universidad de Vigo dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, que se publicará en

el Diario Oficial de Galicia, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con expresión de las causas que hubiesen motivado la exclusión y el plazo de subsanación de los posibles defectos, que será de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha resolución.

4.2. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no enmienden la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

En la resolución definitiva, que se publicará en el Diario Oficial de Galicia, se indicará asimismo el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio y contra ella se podrá interponer recurso contencioso-administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992.

4.3. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, para posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran en la lista de excluidos, sino que sus nombres constan correctamente en la relación de admitidos.

5. Tribunal.

5.1. El tribunal calificador de estas pruebas es el que figura en el anexo III de esta convocatoria y tendrá la categoría primera de las recogidas en el Decreto 144/2001, de 7 de junio (DOG del 25 de junio).

5.2. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al rector de la universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, o si hubiesen participado en tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas dentro de los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El presidente podrá solicitar de los miembros del tribunal declaración expresa de no encontrarse incursos en las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.

Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias citadas.

5.3. Tras la convocatoria del presidente, se constituirá el tribunal con la asistencia de la mayoría de sus miembros titulares o suplentes. En esta sesión, el tribunal acordará las decisiones que correspondan para el correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.4. A los efectos de celebración de sesiones, deliberaciones y adopción de acuerdos, se requerirá la asistencia de los miembros del tribunal especificada en el apartado anterior.

5.5. El tribunal resolverá las dudas que pudiesen surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992.

5.6. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes a los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales

asesores se elevará al rector de la Universidad de Vigo y les será de aplicación lo previsto en la base 5.2.

5.7. El tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en los que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para realizar los ejercicios que el resto de los aspirantes. Para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.5.b), se establecerán las adaptaciones posibles en tiempo y medios. A tal efecto, el tribunal podrá recabar justificación documental de los aspirantes y los informes sanitarios o técnicos correspondientes.

5.8. El tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos que no deban ser leídos sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes y excluirá a aquellos opositores que consignen en las hojas de examen marcas o signos que permitan conocer su identidad.

5.9. A efectos de comunicación y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Vigo, calle Oporto, nº 1, teléfono 986 81 20 00 (centralita) y 986 81 37 62 (Negociado de Personal de Administración y Servicios).

5.10. En ningún caso el tribunal podrá aprobar ni declarar que superaron las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra S, de conformidad con la resolución de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración pública de 27 de febrero de 2002 (DOG del 6 de marzo).

6.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en un único llamamiento resultando decaídos en su derecho los que no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente considerados por el tribunal. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos con la finalidad de acreditar su identidad.

6.3. El primer ejercicio de la oposición se realizará a partir del 1 de febrero de 2003. La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los ejercicios será efectuada por el tribunal en los lugares donde se hubiera celebrado el anterior, así como en la sede del tribunal y por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación, con 48 horas de antelación, por lo menos, a la fecha señalada para su iniciación.

6.4. El tribunal podrá acordar la inclusión de preguntas de reserva que necesariamente deberán ser contestadas por los aspirantes, así como la realización simultánea para los distintos turnos de algunos de los ejercicios de la fase de oposición.

6.5. Los aspirantes de nacionalidad extranjera, previamente a la celebración de los ejercicios de la fase de oposición, deberán acreditar el conocimiento del castellano, bien mediante la presentación de los diplomas y certificaciones relacionadas en la base 3.1.3, bien

mediante la superación de una prueba que se ajustará a los contenidos establecidos en el Real decreto 826/1988, de 20 de julio, y en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita. La no superación de esta prueba impedirá la realización de los ejercicios de la fase de oposición.

6.6. En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes carece de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, tras la audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al rector de la Universidad de Vigo, comunicándole también las inexactitudes y falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud para los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados.

7.1. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el tribunal hará pública la relación de aspirantes que los superasen, con indicación de la puntuación obtenida y del documento acreditativo de la identidad, en los lugares de su celebración de los mismos y en el rectorado.

7.2. Finalizada la fase de oposición, y para los aspirantes que la hubiesen superado, el servicio de personal expedirá de oficio certificaciones acreditativas del tiempo de servicios prestados en la Universidad de Vigo y el tribunal hará pública la puntuación obtenida en la fase de concurso, que en ningún caso podrá sumarse a efectos de superar los ejercicios de la oposición.

La calificación final del proceso selectivo vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y, en su caso, en la fase de concurso. En el caso de empate tendrá preferencia el candidato con mayor puntuación en el conjunto de la fase de oposición; de persistir se dirimirá a favor de la mayor puntuación en los ejercicios de la fase de oposición, atendiendo a su orden de realización.

El tribunal hará pública para cada sistema de acceso la lista de aspirantes que, según el orden de puntuación alcanzado por cada uno de ellos, fuesen seleccionados, que en ningún caso podrá contener un número de candidatos superior al de plazas convocadas. Los opositores que no se encuentren incluidos en las respectivas relaciones tendrán la consideración de no apto a todos los efectos, único extremo respecto del cual el tribunal podrá certificar.

7.3. Finalizado el proceso selectivo, el presidente del tribunal elevará al rector la relación definitiva de aspirantes aprobados, según el respectivo sistema de acceso y por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de la fase de concurso, en su caso, y de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, y la suma total.

8. Presentación de documentos.

8.1. En el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente a aquel en el que se hagan públicas las rela

ciones definitivas de aprobados, éstos deberán presentar en el registro general de la Universidad de Vigo los siguientes documentos:

a) Fotocopia del título académico; en el caso de titulación extranjera, se presentará credencial de su homologación.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separados mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública, ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciónes públicas.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

c) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que imposibilite el desempeño de las correspondientes funciones.

d) Los aspirantes que hiciesen valer su condición de minusválidos deberán presentar certificación de los órganos competentes de Sanidad o Servicios Sociales de la Administración que corresponda, que acredite tal condición e igualmente la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

8.2. Los que tuviesen la condición de personal laboral fijo de la Universidad de Vigo estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para acceder a su anterior puesto, debiendo presentar certificación para acreditar tal condición, de no haberla presentado con anterioridad.

8.3. Los que dentro del plazo fijado, salvo caso de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de ella se dedujese que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser contratados como personal laboral fijo de la Universidad de Vigo y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4. Los aspirantes seleccionados deberán superar satisfactoriamente un período de prueba de cuatro meses, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo (BOE del 29 de marzo), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores.

9. Norma final.

Esta convocatoria y sus bases vinculan a la Administración, al tribunal encargado de juzgar las pruebas y a los que participen en las mismas.

La convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Además, la Universidad de Vigo podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del tribunal conforme a lo previsto en dicha ley.

Vigo, 12 de septiembre de 2002.

Domingo Docampo Amoedo

Rector de la Universidad de Vigo

ANEXO I

EJERCICIOS Y VALORACIÓN

A. Fase de oposición.

-Primer ejercicio: obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en realizar por escrito un cuestionario de preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una será correcta, basado en la primera parte del programa (anexo II). El tiempo máximo de realización será de 120 minutos.

-Segundo ejercicio: obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en resolver por escrito supuestos prácticos basados en la primera parte del programa. El tiempo máximo de realización será de 90 minutos.

-Tercer ejercicio: sólo para el turno de acceso general libre, obligatorio y no eliminatorio.

a) Consistirá en realizar por escrito un cuestionario de preguntas tipo test sobre conocimientos de la lengua gallega. El tiempo máximo de realización será de 30 minutos.

b) Consistirá en realizar por escrito un cuestionario de preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una será correcta, basado en la segunda parte del programa (anexo II). El tiempo máximo de realización será de 30 minutos.

Calificación de la fase de oposición:

En los ejercicios tipo test, cada respuesta errónea descontará el 25% del valor de la respuesta correcta.

a) Promoción interna:

1 ejercicio: se calificará hasta un máximo de 45 puntos, siendo necesario obtener 22,5 puntos para superarlo.

2º ejercicio: se calificará hasta un máximo de 40 puntos, siendo necesario obtener 20 puntos para superarlo.

b) Acceso general libre:

1 ejercicio: se calificará hasta un máximo de 40 puntos, siendo necesario obtener 20 puntos para superarlo.

2º ejercicio: se calificará hasta un máximo de 35 puntos, siendo necesario obtener 17,5 puntos para superarlo.

3 ejercicio: se calificará hasta un máximo de 10 puntos, repartidos como sigue:

a) Prueba de gallego: se calificará hasta un máximo de 4 puntos.

b) Test: se calificará hasta un máximo de 6 puntos.

B. Fase de concurso.

b) Promoción interna:

3. Antigüedad en las universidades públicas de Galicia, certificada por la gerencia o unidad de Personal respectiva a razón de 0,084 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 10 puntos.

4. Formación directamente relacionada con la categoría de la plaza, acreditada suficientemente e impartida por centros y organismos oficiales, incluidas las materias cursadas para la obtención de títulos oficiales superiores al exigido por la convocatoria o afines. Se calificará hasta un máximo de 5 puntos.

b) Acceso general libre:

3. Experiencia: Se valorará el desempeño de puestos de la misma categoría que el de la plaza convocada en las universidades públicas de Galicia, certificada por la gerencia o unidad de Personal respectiva, a razón de 0,12 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 10 puntos.

4. Formación directamente relacionada con la categoría de la plaza, acreditada suficientemente e impartida por centros y organismos oficiales, incluidas las materias cursadas para la obtención de títulos oficiales superiores al exigido por la convocatoria o afines. Se calificará hasta un máximo de 5 puntos.

ANEXO II

PROGRAMA

* Primera parte.

-Microscopía electrónica de transmisión (TEM).

1. Fundamentos de la técnica.

2. Modos de funcionamiento.

3. Fundamentos de la óptica electrónica.

4. Componentes del microscopio y sus funciones.

5. Sistemas de introducción de muestras. Tipos de inyectores.

6. Procedimientos de alineación.

7. Técnicas de calibración.

8. Formación de la imagen.

9. Interacciones haz de electrones-muestra.

10. Tipos de contraste y métodos para mejorarlo.

11. Franjas de Fresnel.

12. Modos de trabajo.

13. Fundamentos de la difracción de electrones.

14. Microscopía de alta resolución.

15. Resolución y sensibilidad.

16. Condiciones generales de instalación, seguridad y mantenimiento de los equipos.

17. Seguridad y protección en el trabajo.

18. Aplicaciones biológicas.

19. Aplicaciones en materiales.

-Microscopía electrónica de barrido (SEM).

1. Fundamentos de la técnica.

2. Modos de funcionamiento.

3. Fundamentos de la óptica electrónica.

4. Componentes del microscopio y sus funciones.

5. Cañones de electrones.

6. Procedimientos de alineación.

7. Técnicas de calibración.

8. Interacciones haz de electrones-muestra. Volumen de interacción.

9. Formación de la imagen y su interpretación.

10. Diferentes tipos de detectores.

11. Calidad de la imagen. Métodos para mejorar la imagen.

12. Microscopía de alta resolución.

13. Procesamiento de la imagen.

14. Resolución y sensibilidad.

15. Condiciones generales de instalación, seguridad y mantenimiento de equipos.

16. Seguridad e higiene en el trabajo.

17. Aplicaciones biológicas.

18. Aplicaciones en materiales.

-Microanálisis de rayos X.

1. Fundamentos de la espectrometría de rayos X por dispersión de longitudes de onda (WDS).

2. Fundamentos de espectrometría de rayos X por dispersión de energías (EDS).

3. Componentes de los espectrómetros de rayos X y sus funciones.

4. Absorción y fluorescencia de rayos X.

5. Técnicas de calibración.

6. Análisis cualitativo.

7. Análisis cuantitativo.

8. Límites de detección, resolución y sensibilidad.

9. Medidas de muestras de materiales y biológicas.

10. Imagen composicional (Dot Mapping).

11. Condiciones generales de instalación, seguridad y mantenimiento de los equipos.

12. Seguridad y protección en el trabajo.

13. Preparación de muestras.

-Preparación de muestras para microscopía electrónica de barrido (SEM) y microscopía electrónica de transmisión (TEM).

1. Instrumentación y métodos para:

Muestras de materiales.

Muestras biológicas.

2. Seguridad y protección en el trabajo.

-Otras microscopías.

a) Fuerzas atómicas y de efecto túnel.

b) Confocal.

1. Fundamentos de la técnica.

2. Modos de funcionamiento.

3. Modos de medida.

4. Componentes de estos microscopios y sus funciones.

5. Procedimientos de alineación.

6. Técnicas de calibración. Resolución y sensibilidad.

7. Condiciones generales de instalación, seguridad y mantenimiento de los equipos.

8. Seguridad y protección en el trabajo.

9. Aplicaciones biológicas y preparación de muestras.

10. Aplicaciones en materiales y preparación de muestras.

* Segunda parte.

1. La Constitución de 1978: derechos y deberes fundamentales. Gobierno, Cortes Generales y Administración. El Estatuto de autonomía de Galicia. Las instituciones de la Comunidad Autónoma de Galicia: composición, organización y competencias.

2. La Ley del Estatuto de los trabajadores: disposiciones generales. El contrato de trabajo. Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Derechos de representación y reunión. La negociación colectiva.

3. El procedimiento administrativo común. Órganos de las administraciones públicas. Los interesados. La actividad de las administraciones. Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos. Revisión de actos.

4. La Ley orgánica de universidades.

5. Los estatutos de la Universidad de Vigo. Naturaleza y estructura de la universidad. Órganos de gobierno. La comunidad universitaria. Garantías jurídicas. Régimen económico y financiero.

6. Clases y régimen jurídico del personal de Administración y servicios de la Universidad de Vigo. El convenio colectivo del personal laboral.

ANEXO III

TRIBUNAL

* Titular.

Presidente: Salustiano Mato de la Iglesia, vicerrector de Investigación de la Universidad de Vigo.

Vocales:

-Luis Manuel Liz Marzán, profesor titular de la Universidad de Vigo.

-Mª José Montero Vilariño, en representación del comité intercentros.

-Carmen del Rosario Serra Rodríguez, en representación del comité intercentros.

Secretaria: Mª del Pilar Molist García, profesora titular de la Universidad de Vigo, que actuará con voz y voto.

* Suplente.

Presidente: Ángel Rodríguez de Lera, catedrático de la Universidad de Vigo.

Vocales:

-Encarnación de Miguel Villegas, profesora titular de la Universidad de Vigo.

-Luis Pérez Gómez, en representación del comité intercentros.

-José Antonio Méndez Fernández, en representación del comité intercentros.

Secretario: Luis Carlos Gago Duport, profesor titular de la Universidad de Vigo, que actuará con voz y voto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS

DE CARBALLO