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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 188 Lunes, 30 de septiembre de 2002 Pág. 14.200

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2002 por la que se adjudican las ayudas correspondientes al programa de Tecnologías de Diseño y Producción Industrial, del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2002-2005, convocadas por la Orden de 30 de abril de 2002 de la Consellería de Industria e Comercio, de acuerdo con las bases establecidas en la Orden de 29 de abril de 2002 de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública (Diario Oficial de Galicia número 93, de 15 de mayo).

La Orden de 30 de abril de 2002, de la Consellería de Industria y Comercio (DOG nº 93, del 15 de mayo), convoca las ayudas correspondientes al programa de Tecnologías de Diseño y Producción Industrial del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2002-2005 de acuerdo con las bases establecidas en la Orden de 29 de abril de 2002 de la Consellería de Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública (DOG nº 93, del 15 de mayo).

Según lo establecido en las citadas órdenes y atendiendo a las disponibilidades de crédito y conforme con la propuesta elaborada por la comisión de selección siguiendo los criterios de evaluación determi

nados en el punto sexto de las bases de la convocatoria, esta consellería

RESUELVE:

Primero.-Conceder las ayudas para la realización de proyectos de I+D y proyectos de innovación tecnológica, establecidas en la base primera, apartados tres y cuatro, para empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro, a los beneficiarios que se relacionan en el anexo que se adjunta a esta resolución, en el que se especifican los siguientes datos:

-Nombre del beneficiario.-Denominación del proyecto.-Coste total del proyecto.-Porcentaje y cuantía de la subvención.

Estas ayudas están cofinanciadas con fondos europeos FEDER MAC.

Segundo.-La Consellería de Industria y Comercio realizará los trámites necesarios para la instrucción de los correspondientes expedientes de gasto, con cargo a la partida presupuestaria 08.03.432A 770.0.

Tercero.-La inobservancia por parte de los beneficiarios de lo establecido en la orden de bases de 29 de abril y en la orden de convocatoria de 30 de abril supondrá la pérdida del derecho a percibir la ayuda correspondiente.

Cuarto.-En este procedimiento no se tienen en cuenta más hechos y pruebas que las aducidas por el interesado, a efectos de lo establecido en el párrafo segundo del artículo 9.4º del Decreto 287/2002, de 21 de noviembre, por el que se desarrolla el régimen de ayudas y subvenciones públicas de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Quinto.-Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, según el artículo 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de septiembre de 2002.

Juan Rodríguez Yuste

Conselleiro de Industria y Comercio