No habiendo encontrado en el domicilio conocido por esta delegación provincial a los titulares de las empresas que se indican a continuación, resuelvo notificar por este medio, al amparo del artículo 59.5º de la Ley 30/1992, que se inicia el plazo de diez días, a partir del día siguiente al de su publicación en el DOG, durante el que podrán ejercer el derecho de audiencia del expediente, previo a la resolución en esta Delegación Provincial de Justicia, Interior y Relaciones Laborales de A Coruña, todo esto según lo establecido en el artículo 18.2º del Real decreto 928/1998, de 14 de mayo.
Expediente nº: 554/2002.
Acta inf. nº: 756/2002.
Empresa: Luis Couceiro Sánchez.
NIF/DNI: 32762772.
Dirección: Ronda de Outeiro, 269 bajo (A Coruña).
Materia: obstrucción.
Propuesta de sanción: 60,10 A.
Resumen del acta de infracción.
En visita de fecha 6-5-2002 la empresa de referencia no disponía en el centro de trabajo del correspondiente
libro de visitas. Entregada citación para personarse en la Inspección de Trabajo no se presentó ni justificó su incomparecencia.
Se vulnera la Resolución de 18-2-1998 de la Dirección General de la Inspección de Trabajo.
Se aprecia una falta leve en grado mínimo, tipificada y sancionable de conformidad con los artículos 50.3º b) y 39 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Documentos obrantes en los expedientes:
-Acta de infracción.
-Justificante de la notificación.
-Comunicación sobre compretencia de la Xunta de Galicia.
A Coruña, 16 de septiembre de 2002.
Reyes Carabel Pedreira
Delegación provincial de A Coruña