De conformidad con lo establecido en el decreto de la Alcaldía de 11 de septiembre de 2002, procede:
Primero.-Corregir el error detectado en el pliego de condiciones económico-administrativas del concurso para la enajenación de las parcelas 6 y 7 del proyecto de reparcelación del polígono 2 del SUP-5 de A Choupana, de tal forma que en el párrafo tercero del apartado «Objeto del contrato» que hace referencia al aprovechamiento de la parcela nº 6, donde dice: «... Le corresponde un aprovechamiento de 2.936 m c y un número máximo de 26 viviendas libres o de 39 viviendas protegidas», debe decir: «... Le corresponde un aprovechamiento de 2.936 m c y un número máximo de 26 viviendas libres o de 32 viviendas protegidas».
Segundo.-Ampliar el plazo para la presentación de proposiciones en 5 días naturales a contar desde el
24 de septiembre de 2002, fecha en la que finalizaba el plazo inicial, de tal modo que el plazo límite para la presentación de ofertas será el 30 de septiembre de 2002.
Tercero.-El anuncio originario de esta contratación se publicó en el BOP de fecha 22-8-2002 y en el DOG del 29 de agosto.
Santiago de Compostela, 12 de septiembre de 2002.
José A. Sánchez Bugallo
Alcalde