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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 180 Miercoles, 18 de septiembre de 2002 Pág. 13.772

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 29 de agosto de 2002, de la Dirección General de Administración Local, por la que se exime a la Mancomunidad Intermunicipal Conso-Frieiras de la obligación de mantener los puestos propios de funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional.

La Asamblea de la Mancomunidad Intermunicipal Voluntaria Conso-Frieiras de la Provincia de Ourense, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de abril de 2002, adoptó el acuerdo de solicitar la exención de mantener el puesto propio de Secretaría-Intervención reservado a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional.

En su virtud, la Dirección General de Administración Local, de conformidad con lo establecido en el artículo 241 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, con el artículo 159.1º del Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, y en el artículo 4 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, y en el uso de las facultades que le confiere el artículo 13 bis de la Ley 4/1998, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, y la Orden de 29 de mayo de 2002 sobre delegación de competencias,

RESUELVE:

Primero.-Eximir a la Mancomunidad Intermunicipal Conso-Frieiras de mantener el puesto propio de Secretaría-Intervención, reservado a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional.

Segundo.-Las funciones reservadas a los puestos de Secretaría e Intervención-Tesorería serán ejercidas mediante el sistema de acumulación de funciones, con rotación cada dos años naturales, por los funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional de alguno de los ayuntamientos que integran la mancomunidad, según lo determinado en el artículo 18 de los estatutos que rigen la mancomunidad y de conformidad con lo previsto en los artículos 4.3º y 31.2º del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante la Dirección General de Administración Local, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, conforme a lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o podrá impugnarla directamente ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha, según determina el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 29 de agosto de 2002.

Alfonso Rueda de Valenzuela

Director general de Administración Local

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES

Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA