Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 166 Jueves, 29 de agosto de 2002 Pág. 12.893

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 26 de julio de 2002 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento al centro privado de educación especial Hoy por Mañana de Vigo (Pontevedra).

Examinado el expediente instruido a instancia del titular del centro privado de educación especial Hoy por Mañana de Vigo (Pontevedra), solicitando la apertura y funcionamiento para impartir educación especial.

Teniendo en cuenta que el expediente ha sido tramitado por la Delegación Provincial de la Consellería

de Educación y Ordenación Universitaria de Pontevedra, que se remite con los informes correspondientes.

Vistos la Ley 1/1990, de 3 de octubre (BOE del 4 de octubre), de ordenación general del sistema educativo, el Real decreto 334/1985, de 6 de marzo, de ordenación da educación especial (BOE del 16 de marzo), a Orden ministerial de 30 de enero de 1986 (BOE del 4 de febrero), Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26 de junio), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias; Decreto 320/1996, de 26 de julio (DOG del 6 de agosto), de ordenación de la educación de alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales; Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22 de mayo) y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que lo desarrolla.

Por lo anteriormente expuesto, esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,

DISPONE:

Primero.-Autorizar la apertura y funcionamiento al centro privado de educación especial Hoy por Mañana de Vigo (Pontevedra),según se especifica en el anexo de esta orden.

Segundo.-Para las enseñanzas que se autorizan, la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, previo informe de la Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que imparta docencia en dicho centro.

Tercero.-Queda el centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 26 de julio de 2002.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria

ANEXO

Provincia: Pontevedra.

Municipio: Vigo.

Localidad: Vigo.

Domicilio: Sagunto nº 86.

Código del centro:

Denominación: Centro Privado de Educación Especial Hoy por Mañana.

Titular: Asociación de Padres y Amigos de Niños con Parálisis Cerebral Hoy por Mañana.

Composición resultante:

a) Centro de educación especial: 2 unidades (plurideficientes).