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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 162 Viernes, 23 de agosto de 2002 Pág. 12.747

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA Y DESARROLLO RURAL

RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2002, de la Dirección General de Infraestructuras Agrarias, por la que se notifica la resolución de recurso de alzada contra el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Vences-Estevesiños-Nocedo do Val (Monterrei y Castrelo do Val, Ourense), devuelta por el servicio de correos.

Por la presente resolución y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y, por ser devuelta por el servicio de correos, se notifica al interesado que tiene los datos personales y último domicilio conocido que figura en el anexo, la parte dispositiva de la resolución del recurso de alzada interpuesto por él mismo, Francisco Rodríguez Camba, contra el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Vences-Estevesiños-Nocedo do Val (Monterrei y Castrelo do Val, Ourense).

Santiago de Compostela, 18 de julio de 2002.

Alejandro Martínez-Geijo Nogueira-Soares

Director general de Infraestructuras Agrarias

ANEXO

Destinatario: Francisco Rodríguez Camba.

Domicilio: calle Casal Aboy, 15-2º izquierda, Tui (Pontevedra).

Texto: «Desestimar el recurso que, contra el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Vences-Es

tevesiños-Nocedo do Val (Monterrei y Castrelo do Val, Ourense), interpuso Francisco Rodríguez Camba, propietario número 848.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses contados a partir de la recepción de la presente, de conformidad con lo establecido en los articulos 43 de la Ley de concentración parcelaria para Galicia y 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen pertinente.

Notifíquese a los interesados en la forma prevista en la legislación vigente».

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL

Y TURISMO