De conformidad con lo dispuesto en la base común 9, apartado 6 de la orden de esta consellería de 12 de marzo de 2002 (DOG del 18 de marzo) por la que se convocaban procedimientos selectivos de ingreso y acceso al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria y profesores técnicos de formación profesional y procedimiento de adquisición de nuevas especia
lidades por los funcionarios de carrera de los citados cuerpos, esta consellería
DISPONE:
Primero.-Hacer pública por materias la lista de los funcionarios del mismo cuerpo que superaron el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades en el anexo I de esta orden.
Segundo.-Hacer pública, por cuerpos, materias y número de orden, la lista de los opositores que superaron los procedimientos selectivos para acceso a los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria y profesores técnicos de formación profesional en los anexos II y III de esta orden, respectivamente.
Tercero.-Los relacionados en los anexos II y III que estén cumpliendo el servicio militar o por otra causa que, a juicio de la Dirección General de Personal, necesiten aplazamiento de la incorporación a la fase de prácticas, lo deberán solicitar por escrito ante la Dirección General de Personal adjuntando los documentos justificativos.
Cuarto.-Los opositores aprobados relacionados en los anexos II y III deberán presentar ante la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria la documentación que se relaciona en la base común 10 de la Orden de 12 de marzo de 2002 (DOG del 18 de marzo), en el plazo de 20 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta orden.
Quinto.-Los participantes en estos procedimientos selectivos podrán retirar la documentación presentada, ellos mismos o por medio de persona autorizada, en el Servicio del Profesorado de Enseñanzas Secundaria, Formación Profesional y de Régimen Especial de esta consellería (San Caetano-Santiago de Compostela), en el plazo de un mes contado a partir de trascurridos dos meses desde la publicación de la presente orden.
Sexto.-La Dirección General de Personal adoptará todas las medidas que sean precisas para el desarrollo de esta orden.
Santiago de Compostela, 9 de agosto de 2002.
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria