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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Miercoles, 21 de agosto de 2002 Pág. 12.591

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 6 de agosto de 2002, de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo, por la que se conceden las subvenciones para publicaciones periódicas convocadas en el anexo VI de la Orden de 1 de abril de 2002 (Diario Oficial de Galicia del 10 de abril), por la que se aprueban las bases que regirán las convocatorias de ayudas correspondientes a las acciones del Programa General de la Investigación del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica de Galicia y se procede a su convocatoria.

La Orden de 1 de abril de 2002 (DOG del 10 de abril), por la que se aprueban las bases que regirán las convocatorias de ayudas, prevé en su anexo VI la concesión de subvenciones para publicaciones periódicas de carácter científico.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria y atendiendo a la propuesta elaborada por la Comisión de Selección de Investigación, creada por Decreto 37/1998, de 30 de enero (DOG del 6 de febrero) y orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, de 12 de marzo de 2001 (DOG del 5 de mayo), esta secretaría general

RESUELVE:

Primero.-Conceder las ayudas que a continuación se relacionan para las publicaciones que se señalan y en la cuantía que se indica en cada caso:

Universidad de A Coruña:

* Servicio de Publicaciones:

-Anuario de la Facultad de Derecho: 4.635 A.

-Lenguaje y Textos: 1.854 A.

-Boletín Académico de la E.T.S.A.: 1.236 A.

-Laboratorio Geológico de Laxe: 4.841 A.

-Revista de Lexicografía: 3.126 A.

-Revista Gallego-Portuguesa de Psicología y Educación: 2.575 A.

* Departamento Gallego-Portugués, Francés y Lingüística:

-Revista Gallega de Filología: 1.236 A.

Universidad de Santiago de Compostela:

* Servicio de Publicaciones:

-Innovación educativa: 2.704 A.

-Moenia: Revista Lucense de Lingüística y Literatura: 3.502 A.

-Rips: Revista de Investigaciones Políticas y Sociológicas: 2.404 A.

-Semata: Ciencias Sociales y Humanidades: 4.120 A.

-Cuadernos compostelanos de Derecho Romano: 1.236 A.

-Verba: Anuario Gallego de Filología: 4.893 A.

-Obradoiro de Historia Moderna: 2.369 A.

-Nacc: Nueva Acta Científica Compostelana: 2.060 A.

-Revista Jurídica de la Universidad de Santiago de Compostela: 3.836 A.

-Boletín Gallego de Literatura: 4.223 A.

-Agora Papeles de Filosofía: 3.090 A.

-Adaxe: Revista de Estudios y Experiencias Educativas: 2.060 A.

-Revista Gallega de Economía: 1.236 A.

Universidad de Vigo:

* Servicio de Publicaciones:

-Cooperativismo y Economía Social: 1.751 A.

-Thalassas: 2.884 A.

-Sarmiento: Anuario Gallego de Historia de la Educación: 3.605 A.

-Theatralia:1.236 A.

-Minius: 2.000 A.

-Babel-Afial:1.236 A.

-Estudios de Sociolingüística: 1.236 A.

-Hisperia-Anuario de Filología Hispánica: 1.648 A.

-Decisión: 618 A.

Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC):

-Cuadernos de Arqueología y Patrimonio: 1.236 A.

Instituciones sin ánimo de lucro:

* Grupo Marcelo Macías:

-Boletín Auriense: 2.640 A.

* Asociación para la defensa ecológica de Galicia:

-Adega-Cuadernos: 660 A.

* Iltre. Colegio Oficial de Economistas de A Coruña.

-Documentos de Trabajo en Análisis Económico: 1.100 A.

* Fundación para el Fomento de la Calidad Industrial y Desarrollo Tecnológico:

-Revista Cis-Madera: 1.320 A.

* Fundación para el Fomento de la Calidad CIS:

-Tecnodisma: 1.100 A.

-Sala de Cad: 990 A.

* Altaga:

-Ciencia y Tecnología Alimentaria: 1.320 A.

* Selicup:

-Garoza: 1.320 A.

* Asociación de Estudios Euroamericanos de Desarrollo:

-Estudios Económicos Regionales y Sectoriales: 660 A.

-Estudios Económicos de Desarrollo Internacional: 660 A.

Segundo.-Las solicitudes que no figuran relacionadas en el punto primero de esta resolución y que fueron admitidas para participar en este concurso debe entenderse que quedan denegadas por no conseguir, en el proceso de selección, el orden de prioridad impuesto por las disponibilidades presupuestarias.

Tercero.-De acuerdo con lo establecido en el punto 7 de las bases de la convocatoria, previamente al pago y, en todo caso, antes del 30 de septiembre de 2002, los beneficiarios deberán remitir un ejemplar de la correspondiente publicación en la que conste la colaboración prestada por la Secretaría General de Investigación y Desarrollo. Las entidades sin ánimo de lucro presentarán asimismo certificación de estar al corriente con los pagos a la Seguridad Social, y con la Hacienda estatal y autonómica.

Cuarto.-Contra esta resolución podrán los interesados interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. De no estimar la interposición de este recurso, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor al día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 6 de agosto de 2002.

Miguel Ángel Ríos Fernández

Secretario general de Investigación y Desarrollo