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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Miercoles, 21 de agosto de 2002 Pág. 12.589

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2002 por la que se adjudican las ayudas correspondientes al Programa de Biodiversidad y Recursos Forestales convocadas en el anexo III de la Orden de 22 de abril de 2002 (Diario Oficial de Galicia del 30 de abril), por la que se aprueban las bases que regirán las convocatorias de ayudas correspondientes a las acciones del Programa Sectorial de Recursos Naturales del PGIDT.

La Orden de 22 de abril de 2002 (DOG del 30 de abril), por la que se aprueban las bases que regirán las convocatorias de ayudas correspondientes a las acciones del Programa Sectorial de Recursos Naturales del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica y se procede a su convocatoria, prevé en su anexo III, la concesión de ayudas correspondientes al programa de Biodiversidad y Recursos Forestales.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria y atendiendo a las disponibilidades de crédito y a la propuesta elaborada por la comisión de selección prevista en el apartado 6 de las bases de la convocatoria, esta consellería

RESUELVE:

Primero.-Conceder las ayudas para la realización de proyectos de investigación aplicada a realizar por grupos de investigación consolidados y de excelencia en universidades, organismos públicos de investigación y centros públicos de investigación de la Comunidad Autónoma, a las personas que se relacionan en el anexo I de la presente resolución, en las cuantías que en cada caso se señalan y por el período de tiempo indicado, que se computará a partir del día siguiente de su publicación en el DOG. Aquellos proyectos que figuran en dicho anexo con autorización para contratar personal, deberán realizar dicha contratación conforme a las normas establecidas por las bases de la convocatoria.

Las ayudas que se relacionan en el anexo I comprenden la totalidad de la subvención necesaria para la realización del proyecto, incrementado en un 10% destinado a los gastos institucionales que su ejecución supone al organismo al que pertenece el investigador responsable.

Todas estas ayudas están cofinanciadas por fondos europeos FEDER MAC.

Segundo.-Conceder las ayudas para la realización de proyectos de investigación y desarrollo para empresas y agrupaciones de empresas, a las que se relacionan en el anexo II de la presente resolución.

Tercero.-Las solicitudes que no figuran relacionadas en los anexos I y II de esta resolución y que fueron admitidas para participar en este concurso, se entenderá que quedan denegadas por no haber conseguido una evaluación favorable.

Cuarto.-La Secretaría General de Investigación y Desarrollo adoptará las medidas necesarias para la instrucción de los correspondientes expedientes de gasto.

Quinto.-La inobservancia por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la orden de la convocatoria de 22 de abril de 2002 supondrá la pérdida del derecho a percibir la subvención correspondiente.

Sexto.-Contra esta resolución se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano en un plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. De no estimar la interposición de este recurso, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en un plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 1 de agosto de 2002.

P.D. (Orden 22-4-2002, DOG del 30 de abril)

Miguel A. Ríos Fernández

Secretario general de Investigación y Desarrollo