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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 158 Lunes, 19 de agosto de 2002 Pág. 12.514

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2002, de la Delegación Provincial de A Coruña, de la autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente 27/1999).

Vista la solicitud para autorización administrativa, reconocimiento de utilidad pública, con la relación concreta e individualizada de los bienes o derechos

que se consideran de necesaria expropiación, así como la aprobación del proyecto de ejecución que se cita:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: avda. de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.

Denominación: L.M.T., C.T., R.B.T. Fraga (Arzúa y O Pino).

Línea eléctrica aéreo-subterránea de media tensión, a 20 kV, sobre apoyos de hormigón y metálicos en tramos aéreos y bajo tubo en tramo subterráneo, con conductor PAS-50 y R.H.V. 12/20 kV de 3(1x95) mm Al, respectivamente, con origen en el apoyo nº 9 de la línea que alimenta al C.T. O Xen (expte. 33537) y final en el C.T. Fraga a instalar. El tramo subterráneo se situará entre los apoyos nº 3 y 4 de 105 m de longitud y el aéreo desde apoyos 0 al 3 y desde 4 al 13 totalizando 1.785 m de longitud de línea. Centro de transformación, tipo intemperie de 50 kVA y tensiones de 15/0,380-0,220 kV, en Fraga (ayuntamientos de Arzúa y O Pino).

La petición se sometió a información pública, con la relación de propietarios, bienes y derechos afectados, se publicaron en el DOG del 19-2-2001, en el BOP del 27-1-2001 en el periódico El Ideal Gallego del 17-1-2001 y en los tablones de anuncios de las casas consistoriales de Arzúa y O Pino, al mismo tiempo, se notificó individualmente a cada uno de los interesados que figuran en dicha relación.

Por esta delegación provincial se comprobó que la línea, a su paso por las fincas relacionadas en la información pública, no incurre en ninguna de las prohibiciones contempladas en el artículo 57 a) de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico (BOE del 28 de noviembre) y en el artículo 25 del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre (BOE del 24 de octubre).

Asimismo se comprobó que las alegaciones efectuadas por los interesados en cuanto a la modificación del trazado de la línea eléctrica no pueden ser tenidas en cuenta por no darse las condiciones previstas en el artículo 57 b) de dicha Ley y artículo 26 del mencionado decreto.

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, los decretos 2617/1966 y 2619/1966, de 20 de octubre, sobre autorización y expropiación forzosa de las instalaciones eléctricas y cumplidos los trámites reglamentarios establecidos, esta delegación provincial resuelve:

Autorizar y aprobar el proyecto de las citadas instalaciones y declarar, en concreto, la utilidad pública de los mismos que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio, en el plazo de un mes, contado a partir

del día siguiente al de la notificación de esta resolución. También podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

A Coruña, 1 de agosto de 2002.

Manuel Estévez Mengotti

Delegado provincial de A Coruña en funciones