De acuerdo con lo establecido en los artículos 2 y 3 del Decreto 411/1990, de 6 de septiembre (DOG del 24 de septiembre), por el que se aprueban las disposiciones reguladoras específicas de la acreditación de laboratorios de ensayo para el control de calidad de la construcción, y a propuesta de la Dirección Técnica de Construcciones y con informe favorable del Servicio de la Calidad en la Edificación conforme establecen los artículos 12 h) y 18.3.1 a)
del Decreto 70/1997, de 14 de marzo (DOG del 10 de abril), esta dirección general
RESOLVIÓ:
Cancelar por cambio de domicilio la inscripción en el registro la acreditación de laboratorios de ensayos para el control de calidad de la construcción a G.O.C., S.A. con domicilio en c/ Río Bibei, nº 14 bajo, 32001-Ourense, y
Conceder la acreditación de laboratorio de ensayos para el control de calidad de la construcción a G.O.C., S.A. con domicilio en carretera de Celanova, nº 14 bajo, 32911-San Cibrao das Viñas (Ourense) por el plazo y condiciones a que se refiere el artículo 4 del anexo del Decreto 441/1990, de 6 de septiembre, en el área de:
SE Área de ensayos de laboratorio de mecánica del suelo con el número 15008SE02.
ST Área de muestras inalteradas, ensayos y pruebas in situ de suelos con el número 15009ST02.
SV Área de suelos, áridos, mezclas bituminosas y sus materiales constituyentes en viales con el número 15010SV02.
HA Área de control de hormigón en masa o armado y sus materiales constituyentes: cemento, áridos, agua, acero para armaduras, adiciones y aditivos con el número 15052HA02.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Santiago de Compostela, 19 de junio de 2002.
P.D. (Resolución 6-4-1995)
José Antonio Redondo López
Director general del Instituto Gallego
de la Vivienda y Suelo