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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 154 Lunes, 12 de agosto de 2002 Pág. 12.297

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA (SECCIÓN TERCERA)

EDICTO (530/2001-L).

Carmen Diéguez Camarón, secretaria de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, certifico que en el presente recurso nº 530/2001, dimanante de los autos de juicio verbal 579/1999, del Juzgado de Primera Instancia número dos de A Coruña, se dictó sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

Audiencia Provincial.

Sección 3ª.

Juan Ángel Rodríguez Cardama, pte.

Juan Luis Pía Iglesias.

Mª del Carmen Mosquera Rodríguez.

En A Coruña, tres de mayo de dos mil dos.

Vistos por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, constituida por los señores que al margen se expresan, los presentes autos de artículo 31 Ley propiedad horizontal número 579/99 que ante la misma penden en grado de apelación, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número dos de A Coruña, en los que es parte apelante José Bargiela García, letrado, actuando en su propio nombre y representación; y de otra como apelada Comunidad de Propietarios Casa nº 1 c/ Martínez Morras nº 1 Edificio Hércules, representado/a por el/ procurador/a Neira López y bajo la dirección del/a letrado/a Espiñeira Vilariño; y en situación procesal de rebeldía los herederos desconocidos e inciertos de Juana García López y Juan Bargiela Álvarez; versando los autos sobre reclamación de coutas comunitarias.

Fallamos que desestimando el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por la magistrada-jueza de primera instancia número dos de A Coruña, en el procedimiento regulado en el artículo 21 de la Ley de propiedad horizontal a que se refiere el presente rollo, se confirma dicha resolución. Con imposición de las cotas de este recurso al apelante.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

Y para que conste y se publique en el Diario Oficial de Galicia, y sirva de notificación a los demandados rebeldes herederos desconocidos e inciertos de Juana García López y Juan Bargiela Álvarez, se expide y firma el presente edicto en A Coruña, veinte de mayo de dos mil dos.

El secretario

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