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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 150 Martes, 06 de agosto de 2002 Pág. 12.054

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 11 de julio de 2002, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se hace pública la iniciación del derecho de audiencia en los expedientes sancionadores en el orden social 481 y 482/2002.

No habiendo encontrado en el domicilio conocido por esta delegación provincial a los titulares de las empresas que se indican a continuación, resuelvo notificar por este medio, al amparo del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, que se inicia el plazo de diez días, a partir del día siguiente a su publicación en el DOG, durante el que podrán ejercer el derecho de audiencia del expediente, previo a la resolución en esta Delegación Provincial de Justiciaa, Interior y Relaciones Laborales de A Coruña, todo esto según lo establecido en el artículo 18.2 del Real decreto 928/1998, de 14 de mayo.

Expediente nº: 481/2002.

Acta inf. nº 291/02 (I) e (II).

Empresa: Lisados Bergantiños, S.L.

NIF/DNI: B-15358732.

Dirección: avda. Milagrosa, 30 (Carballo).

Materia: seguridad e higiene.

Propuesta de sanción: 1.752,54 A.

Expediente nº: 481/2002.

Acta Inf. nº: 291/02 (I) e (II).

Empresa: Gel Betong España, S.L.

NIF/DNI: B-15213184.

Dirección: Cabo Santiago Gómez, 8-11 (A Coruña).

Materia: seguridad e higiene.

Proposta de sanción: 1.752,54 A.

Resumen del acta de infracción:

En virtud de accidente laboral en el IES Anxo Casal (A Coruña), se comprobó que en dicha obra de construcción no se tenían adoptado las medidas de seguridad necesarias para evitar el riesgo de caída (carecía de plataformas y el cinturón de seguridad tenía una cuerda de longitud superior a la altura de la que se cayó el trabajador), y tampoco disponía de planificación preventiva de los trabajos.

Se vulneran los artículos 14, 15 y 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre y artículos 7 y 11 del Real decreto 1627/1997, de 24 de octubre.

Se aprecian dos faltas, una leve en grado mínimo y otra grave en grado mínimo, tipificadas y sancionables de conformidad con los artículos 11.4º, 12.6º y 39 y 40, respectivamente, del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

Expediente nº: 482/2002.

Acta inf. nº 429/02.

Empresa: Proyectos Turísticos e Inmobiliarios, S.L.

NIF/DNI: B-15785249.

Dirección: avda. del Ejército, 8 baixo (A Coruña).

Materia: seguridad e higiene.

Propuesta de sanción: 1.502,54 A.

Resumen del acta de infracción:

Visitado el centro de trabajo de la empresa de referencia, sito en c/ Manuel Piñeiro Pose, 2 (A Coruña), se comprobó que no tenía elaborada la preceptiva evaluación de riesgos laborales.

Se vulneran los artículos 14, 15 y 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre; artículos 3, 4, 5 y 6 del Rela decreto 39/1997, de 17 de enero.

Se aprecia falta grave en grado mínimo, tipificada y sancionable de conformidad con los artículos 12.1º y 39 y 40, respectivamente, del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

Documentos obrantes en los expedientes:

-Acta de infracción.

-Justificantes de las notificaciones.

A Coruña, 11 de julio de 2002.

Reyes Carabel Pedreira

Delegada provincial de A Coruña