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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 149 Lunes, 05 de agosto de 2002 Pág. 11.997

III. OTRAS DISPOSICIONES

SERVICIO GALLEGO DE SALUD

RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2002, de la Secretaría General del Servicio Gallego de Salud, por la que se constituye el área de cuidados cardiológicos quirúrgicos del Hospital do Meixoeiro.

El Decreto 37/2001, de 1 de febrero, de configuración de áreas de servicio compartido en estructuras

hospitalarias del Servicio Gallego de Salud, plantea, entre otros fines, procurar el aprovechamiento del potencial de los recursos asistenciales presentes en los hospitales públicos, al objeto de optimizar la calidad de la asistencia sanitaria prestada.

La publicación de dicho decreto crea un nuevo marco de actuación que permite la aplicación de técnicas que optimizan la asignación de recursos, agilizan el acceso a los servicios y mejoran la satisfacción de los ciudadanos, integrando funcionalmente, en este caso, las unidades de alta especialización y complejidad del Instituto de Medicina Técnica en el Hospital do Meixoeiro, centro hospitalario público dependiente del Servicio Gallego de Salud.

Se llevará a cabo paulatinamente el cambio de la cola de programación desde Povisa al Hospital do Meixoeiro, mediante el traslado de las historias clínicas de los pacientes desde dicho instituto. El Servicio de Admisión del Hospital do Meixoeiro abrirá la historia o introducirá en la historia preexistente, según proceda, toda la documentación aportada, incluyendo en su lista de espera a los pacientes con la fecha que figure en el anexo de inclusión de Povisa.

La integración de los recursos asistenciales existentes a fin de lograr una atención integral, eficiente y continuada, es un criterio básico de gestión en el ámbito de la sanidad pública. Por esto, es necesario que el Sergas se beneficie del trabajo simultáneo y coordinado de las dos instituciones mediante la constitución de un área de servicio compartido para las prestaciones propias de los cuidados cardiológicos quirúrgicos.

Por todo esto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 37/2001, de 1 de febrero, de configuración de las áreas de servicio compartido en estructuras hospitalarias del Servicio Gallego de Salud, elaborado el plan asistencial de esta área de servicio compartido por el gerente del Hospital do Meixoeiro, y una vez emitido informe favorable de la División de Asistencia Sanitaria de 12 de julio de 2002,

RESUELVO:

Artículo único.-Se constituye el Área del Servicio Compartido de Cuidados Cardiológicos Quirúrgicos del Hospital do Meixoeiro, nombrando a la directora operativa de dicho hospital como coordinadora asistencial de dicha área.

Santiago de Compostela, 17 de julio de 2002.

Manuel A. Silva Romero

Secretario general del Servicio Gallego de Salud

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES

Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA