Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 143 Viernes, 26 de julio de 2002 Pág. 11.697

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

ORDEN de 24 de junio de 2002 por la que se dispone la aprobación y publicación del Plan de Protección Civil ante Situaciones de Sequía en Galicia, homologado por la Comisión Gallega de Protección Civil.

Conforme el Decreto 56/2000, de 3 de marzo, en sus artículos 76.3º y 77 se indica que los planes deben ser aprobados por el conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y después de ser homologados por la Comisión Gallega de Protección Civil, serán publicados en el Diario Oficial de Galicia.

El Plan de Protección Civil ante Situaciones de Sequía en Galicia, previo informe de la Comisión Gallega para los Riesgos de Inundaciones y Situaciones de Sequía, fue homologado por la Comisión Gallega de Protección Civil el 26 de abril de 2002.

Para dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 56/2000, se publica como anexo el texto del Plan de Protección Civil ante Situaciones de Sequía en Galicia, que fue homologado por la Comisión Gallega de Protección Civil.

En virtud de lo expuesto,

DISPONGO:

Artículo 1º

La aprobación del Plan de Protección Civil ante Situaciones de Sequía en Galicia, que figura en el anexo de esta orden.

Artículo 2º

La publicación del antedicho plan en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 24 de junio de 2002.

Antonio Pillado Montero

Conselleiro de Justicia, Interior

y Relaciones Laborales

ANEXO

Plan de Protección Civil ante Situaciones

de Sequía en Galicia

I. Introducción.

Las situaciones de sequía, que a finales de la década de los años ochenta afectaron a un número considerable de ayuntamientos de Galicia, crean en determinados ayuntamientos situaciones de emergencia que precisan una coordinación eficaz de actuaciones de los grupos sociales y de las administraciones públicas competentes para evitar o, al menos, limitar sus efectos sobre la población.

La Dirección General de Interior y Protección Civil de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales realiza el presente Plan de Protección Civil ante Situaciones de Sequía en Galicia, integrado en el Platerga, con carácter de norma básica para los planes de emergencia de las provincias gallegas afectadas y como marco para las actuaciones de los departamentos competentes de las diferentes consellerías de la Xunta de Galicia, de la Administración local (ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos y diputaciones provinciales) e de la Administración general del Estado (Delegación del Gobierno en Galicia y las cuatro subdelegaciones del Gobierno en Galicia) con competencia en la materia.

Para la elaboración del presente plan se dispuso de la experiencia obtenida en la sequía de finales de los años ochenta.

Las actuaciones contempladas en el presente plan y sus efectos tienen la consideración de urgentes y prioritarias por el carácter extraordinario de su naturaleza.

La consecuencia de una situación de sequía prolongada en una comarca, ayuntamiento, mancomunidad de ayuntamientos, provincia o en la totalidad del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, que cambie o transforme el medio, se concreta fundamentalmente en la reducción de las reservas de agua y aumento de riesgos sanitarios, precisa poner en marcha programas, acciones preventivas y otras medidas de actuación y de intervención.

El presente Plan de Protección Civil ante Situaciones de Sequía en Galicia se clasifica como Plan Específico de Protección Civil de Galicia y queda integrado en el Platerga (Plan Territorial de Protección Civil de Galicia). En el capítulo II del Platerga, apartado 2.2, se identifican los riesgos en la Comunidad Autónoma de Galicia, y entre los riesgos naturales se define el de la sequía: producida por la falta de lluvias durante un tiempo prolongado. Puede llegar a producir problemas de salud pública y pérdidas en la agricultura y ganadería, incrementando el riesgo de incendios forestales.

Este plan será informado previamente, conforme a lo establecido en el Decreto 56/2000, de 3 de marzo, por la Comisión Gallega para los Riesgos de Inundaciones y Situaciones de Sequía, y aprobado por el conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales.

Posteriormente será homologado por la Comisión Gallega de Protección Civil y publicado en el Diario Oficial de Galicia.

II. Objetivo.

El objetivo del presente plan, desde Protección Civil, es garantizar a la población que está afectada por la situación de sequía que disponga de agua para consumo durante el tiempo que dure la situación de emergencia.

Bajo la dirección y coordinación de las autoridades de Protección Civil de la Xunta de Galicia, las actuaciones prioritarias que deben llevarse a cabo en esta situación, sin perjuicio de otras específicas y singulares que se realicen, se resumen en:

Disponibilidad de agua para la población afectada, sea:

-Embotellada.

-En cisternas.

Realización de obras de infraestructura hidráulica de emergencias que permita disponer de agua para abastecimiento público.

Priorización del recurso hídrico para abastecer a la población.

III. Sectores afectados.

a) Sector de la población. Abastecimiento y consumo de agua potable.

-Baja disponibilidad de agua. Restricciones parciales o totales en cantidad y/o horario.

-Incidencia sanitaria.

b) Sector agrícola.

-Problemas en el ciclo de producción.

-Deficiencia en la vegetación del consumo diario.

c) Sector ganadero.

-Escasa disponibilidad de agua.

-Incidencia sanitaria.

d) Sector industrial.

-Producción eléctrica.

-Reducción de consumo de agua para uso industrial.

e) Sector forestal.

-Aumento del índice de riesgo de incendios forestales.

f) Sector servicios.

-Sanitarios.

-Turísticos.

-Sociales.

g) Sector ambiental.

-Disminución o incluso eliminación de caudales ecológicos en el caso de sequías extremas.

IV. Medidas a adoptar por los distintos departamentos de la Xunta de Galicia.

1. Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales.

1.1. Dirección General de Interior y Protección Civil.

-Coordinación general de las medidas adoptadas en el presente plan a través de los comités provinciales de Seguimiento de Sequía.

-Control y seguimiento en el almacenamiento, transporte y distribución del agua.

-Coordinación de las comisiones provinciales de Seguimiento de la Sequía.

-Coordinar recursos complementarios en colaboración con la Administración general del Estado, diputaciones y ayuntamientos con cargo a los fondos para daños catastróficos, para pequeñas obras complementarias de captación, abastecimiento de agua potable y suministro por cisternas en las poblaciones que lo precisen.

-Asegurar los servicios esenciales en la Comunidad Autónoma de Galicia que puedan verse afectados por la sequía.

-Solicitar del Instituto Nacional de Meteorología (INM), a través del Centro Meteorológico Territorial de A Coruña (CMT-A Coruña) informes o pronósticos a medio plazo sobre la posibilidad de prolongación de la situación de la sequía. Remisión por parte del CTM-A Coruña de estadísticas combinadas de frecuencia o duración de sequía en el ámbito local-provincial, así como la Unidad de Observación y Predicción Meteorológica de Galicia.

1.2. Dirección General de Administración Local.

-Recomendar a las corporaciones municipales y a las diputaciones provinciales en función de la emergencia que contempla el presente plan y a los efectos de corregir sus consecuencias, que establezcan o elaboren sus programas, con carácter prioritario; que los fondos y recursos públicos para el financiamiento de los programas se apliquen a obras de abastecimiento y saneamiento de aguas de núcleos urbanos afectados por la sequía; y de modo prioritario, a los que se encuentren en situación deficitaria en cuanto a la calidad de infraestructura de este servicio.

-Mediante circular a las corporaciones locales, instar a la estricta aplicación de las ordenanzas municipales de aguas, así como a la elaboración de programas de los que la finalidad sea ajustada en lo posible, los consumos de agua a las disponibilidades locales y, en su caso, la vigilancia de su cumplimiento y correspondientes sanciones a los infractores. Esto implica la organización de reservas de agua y la distribución racional de las aportadas complementariamente.

-Elaboración de la ordenanza (tipo) municipal de aguas como norma subsidiaria.

-Interesar a las corporaciones locales para que pidan a la población la máxima colaboración con las empresas constructoras durante la ejecución de las obras de carácter urgente, especialmente en cuanto a la disponibilidad de terrenos afectados por las mismas, y aplicación de los créditos comprometidos a estos fines.

-Instar a las corporaciones locales para que dispongan los medios dirigidos a una óptima utilización hidráulico-sanitaria existente; en especial las estaciones potabilizadoras y depuradoras de aguas residuales.

-Asesoramiento a las corporaciones locales para solicitar a las administraciones competentes la realización de las obras de actuación de carácter urgente por las vías más directas y eficaces.

2. Consellería de Medio Ambiente (Centro de Desarrollo Sostenible: Aguas de Galicia).

-Elaboración de estudios de reutilización de aguas residuales para usos diversos en zonas donde la escasez de agua lo aconseje.

-Ordenar el cierre de compuertas en los embalses de la Comunidad Autónoma cuando el nivel de reservas así lo aconseje.

-Seguimiento de los datos de la reserva de agua en los embalses de la Comunidad Autónoma de Galicia, convocando a las comisiones de desembalse a fin de determinar el uso de dichas reservas en caso de necesidad, y siempre dentro de las competencias de Aguas de Galicia.

-Realización de aquellos actos necesarios para facilitar el abastecimiento de aguas públicas (otorgadas en concesión) e de aquellos otros recursos de agua sometidos a otro tipo de propiedad, cando la situación así lo requiriese.

-Agilizar, facilitar y, en su caso, colaborar con los municipios en la realización de obras de abastecimiento en aquellos núcleos que tengan carencia de agua por motivos estructurales, o bien en aquellos ayuntamientos que tengan alta incidencia de carencias coyunturales, previa solicitud de las entidades locales.

-Colaborar con los municipios en la identificación y posterior análisis de las posibles causas determinantes de un mayor grado de vulnerabilidad a los episodios de sequía.

-Asesorar y colaborar con los municipios en estudios que permitan reutilizar las aguas residuales en otros usos.

3. Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda (CPTOPV). (Dirección General de Transportes, Dirección General de Obras Públicas).

-Aplicación del plan de utilización de vehículos para transporte de piensos y agua a la ganadería, así como el traslado de ganado a zonas más idóneas, en su caso.

-Colaborar con los medios públicos y privados en la elaboración y ejecución de un Plan de Utilización de Vehículos para el Transporte de Agua a las poblaciones que lo requieran.

-Agilización de obras urgentes de abastecimiento y saneamiento.

4. Consellería de Sanidad. (Dirección General de Salud Pública. Sergas. División de Farmacia y Productos Sanitarios; División de Asistencia Sanitaria).

-Instar a los ayuntamientos a que intensifiquen los programas de control de calidad sanitaria de las aguas de consumo público, tanto en las fuentes de abastecimiento ordinario como otras de carácter alternativo.

-Hacer el seguimiento epidemiológico para detectar cualquier problema de salud derivado de la situación de sequía.

-Elaborar y difundir las recomendaciones de carácter preventivo y de protección de la salud, tanto para los ayuntamientos como para la población en general.

-Disponer los medios de protección de la salud a seguir por los establecimientos alimentarios, a fin de que se mantengan los niveles adecuados de seguridad alimentaria.

-Asegurar las dotaciones en los centros hospitalarios de la red del Sergas de los tratamientos y materiales necesarios para el potencial tratamiento de afecciones derivadas de la situación de sequía.

-Disponer, en su caso, la evacuación de los pacientes ingresados en los centros hospitalarios.

-Asegurar el suministro de agua a los centros hospitalarios de Galicia, en colaboración y coordinación con las autoridades competentes en materia de agua.

5. Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural (Dirección General de Producción y Sanidad Agropecuaria, Dirección General de Infraestructuras Agrarias).

-Instrucciones para el uso racional de agua para el riego, con la colaboración del organismo autónomo de Aguas de Galicia y de la Confederación Hidrográfica del Norte de España, en los ámbitos de competencias de cada uno de ellos.

-Programa de previsión de transportes de piensos y agua para la ganadería hasta sus zonas de explotación normal.

-Plan de medidas zoosanitarias de carácter preventivo en colaboración con la Consellería de Sanidad, para el almacenamiento de productos desinfectantes y farmacológicos tanto en las zonas de explotación como en las de recepción del ganado, y aplicación rigurosa del Reglamento de epizootias.

6. Consellería de Industria y Comercio (Dirección General de Industria, Energía y Minas).

-Aplicación de las medidas previstas en el Plan de Restricciones Eléctricas.

-Establecimiento, en las industrias de las zonas afectadas, de planes de funcionamiento que contemplen restricciones graduadas de la producción en función de los consumos de agua, en colaboración y coordinación con la autoridad competente en materia de aguas.

V. Dirección del plan.

-Ámbito autonómico.

Le corresponde al director general de Interior y Protección Civil, o persona en quien delegue, la dirección del presente plan a nivel autonómico y la coordinación a nivel provincial.

El director del plan contará con la Comisión Gallega para los Riesgos de Inundaciones y Situaciones de Sequía en Galicia (Decreto 56/2000, de 3 de marzo, de la Xunta de Galicia).

A nivel autonómico y al objeto de una coordinación operativa de las diferentes unidades administrativas de la Xunta de Galicia, que se indican en el apartado IV del presente plan, se crea una Comisión Autonómica de Seguimiento de la Situación de Sequía de la que formarán parte los máximos responsables de las diferentes direcciones generales que se indicaron anteriormente, el subdirector general de Protección Civil, así como otros responsables de direcciones generales que se considere oportuno se incorporen a la misma, entre ellas las que tengan competencias en asuntos económicos, así como un representante de la Delegación del Gobierno en Galicia, otro de la Fegamp (Federación Gallega de Municipios y Provincias) y un representante de la Confederación Hidrográfica del Norte de España.

Podrán también formar parte de la misma, cuando las circunstancias así lo aconsejen, representantes de otras entidades públicas que tengan actuaciones más directas en el plan.

Cada miembro nombrará un suplente; en el caso de la Xunta de Galicia con rango de subdirector general.

Esta comisión de seguimiento estará presidida por el director general de Interior y Protección Civil, o persona en quien delegue, actuando como secretario un jefe de Servicio de Protección Civil.

-Ámbito provincial.

Le corresponde la dirección del plan a nivel provincial al delegado provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, o persona en quien delegue.

En cada provincia se crea una Comisión Provincial de Seguimiento de la Sequía.

Las comisiones provinciales de Seguimiento de la Sequía estarán presididas por el delegado provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, formando parte de la misma los delegados provinciales de la CPTOPV, Industria y Comercio, Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural, Sanidad y Medio Ambiente; un representante de la Diputación Provincial; un representante de la Subdelegación del Gobierno en Galicia y un representante de la Confederación Hidrográfica del Norte de España en las provincias de Lugo, Ourense y Pontevedra, un representante de la Confederación Hidrográfica del Duero en la provincia de Ourense, y un representante del organismo autónomo de Aguas de Galicia a nivel provincial. Cada miembro nombrará un suplente. Actuará como secretario el jefe provincial de Protección Civil.

Las comisiones provinciales de Seguimiento de la Sequía constituirán un grupo de trabajo técnico que será presidida y coordinada por el jefe provincial de Protección Civil y formarán parte de la misma los jefes provinciales de las delegaciones provinciales anteriormente indicadas. Cada uno de los miembros nombrará un suplente.

Podrán también formar parte de los grupos de trabajo técnico, cuando las circunstancias así lo aconsejen, representantes de otras entidades públicas que tengan actuaciones más directas en el plan, siendo este el caso de los ayuntamientos afectados. La misión y cometidos de este grupo de trabajo será la de asesorar, informar, realizar inspecciones y actuar como equipo técnico de las comisiones provinciales de Seguimiento de la Sequía.

-Gabinete de información.

El Gabinete de Información del presente plan será el Gabinete de Prensa de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales que dependerá del director de este plan.

-Centro de Coordinación Operativo (Cecop).

El Centro de Coordinación Operativo (Cecop) se localizará en la Central de Emergencias 112 SOS-Galicia (Cecop-Galicia), en Santiago de Compostela.

A nivel provincial los centros de coordinación operativos provinciales, en caso necesario de activarlos, se localizarán en las delegaciones de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales.

VI. Mecanismos de coordinación.

1. Ámbito autonómico.

Cada uno de los departamentos de la Xunta de Galicia con funciones y responsabilidades atribuidas en el presente plan dispondrá de las medidas necesarias

para su desarrollo y aplicación en el ámbito de sus competencias, en coordinación con la Dirección General de Interior y Protección Civil.

Las funciones de la Comisión Gallega para los Riesgos de Inundaciones y Situaciones de Sequía son las que se indican en el Decreto 56/2000, de 3 de marzo.

Las misiones de la Comisión Autonómica de Seguimiento de la Sequía son: seguir el desarrollo de los programas de actuaciones; mantener el control de los problemas derivados de la sequía del ámbito de la emergencia; proponer medidas alternativas a las contenidas en el plan; elevar propuestas cuando proceda al departamento de la Xunta de Galicia correspondiente, cuando se trate de acciones puntuales y cualquier otra que permita facilitar la intervención y la adecuación de las medidas adaptadas a la situación.

2. Ámbito provincial.

Le corresponde a los delegados provinciales de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, previo informe de las comisiones provinciales de Seguimiento de la Sequía, delimitar el ámbito de la emergencia en su provincia, de acuerdo con la información recibida de los ayuntamientos, el seguimiento y coordinación de las medidas adoptadas en su provincia, así como proponer aquellas otras que demande la evolución de la situación.

Todas las medidas adoptadas por los delegados provinciales de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales con relación a la adopción de medidas por la sequía serán comunicadas al director general de Interior y Protección Civil.

3. Ámbito local.

Le corresponde a los alcaldes definir la situación y, en su caso, las alertas que se indican en el apartado VII, en su ayuntamiento en cuanto a los efectos de la sequía, adoptar las medidas necesarias para una mejor aplicación y distribución de los recursos de agua disponibles, así como aquellas otras que tiendan a minimizar los efectos a la población e informar a los presidentes de las comisiones provinciales de Seguimiento de la Sequía de la situación, medidas adoptadas y, en su caso, elevar las propuestas para las oportunas actuaciones de otras administraciones, a los fines previstos en el plan.

VII. Alertas.

Por la gravedad de la situación causada por la sequía, se establecen tres tipos de alerta:

-Alerta de primer grado o alerta verde.

-Alerta de segundo grado o alerta azul.

-Alerta máxima o alerta roja: emergencia.

Se declara en relación con el número de días que se calcule duren las reservas de agua en la localidad de que se trate y la reducción del consumo total en el abastecimiento de agua.

-Se declara alerta verde (primer grado) cuando las reservas de agua para la población sean insuficientes para cuarenta días (40 días), con una reducción del consumo total estimado en un 10%.

-Se declara alerta azul (segundo grado) cuando las reservas disminuyan hasta posibilitar el abastecimiento durante quince días (15 días), con una reducción del consumo total estimado en un 35%.

-Se declara alerta roja (alerta máxima) o emergencia cuando las reservas de agua solamente sean suficientes para cinco días (5 días), con una reducción del consumo total estimada en un 75%.

Esta clasificación anterior deberá entenderse siempre como informativa y orientativa, sin perjuicio de que el responsable del servicio de abastecimiento puede proponer justificadamente la declaración de cualquiera de los tres tipos de alerta, en escenarios distintos de los indicados anteriormente.

En cuanto a la actuación del plan debe aplicarse sólo y exclusivamente en aquellos ayuntamientos que por razón de la sequía se encuentren en situación de emergencia, alerta roja o alerta máxima, por lo que se requiere adoptar medidas excepcionales para controlar y reducir los efectos de la misma sobre la población.

Los delegados provinciales de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales non podrán proponer medidas extraordinarias de las que se indican en el presente plan, cuando la situación no tenga carácter de emergencia.

Se propondrá al director general de Interior y Protección Civil la aplicación del plan y se declarará la situación de emergencia cuando se cumplan los siguientes requisitos:

1. Que la situación de la sequía no sea motivada por la infraestructura de la red de abastecimiento y planta potabilizadora o captación de agua.

2. Que la falta de disponibilidad de agua para el consumo sea directamente imputable al agotamiento de acuíferos u otras fuentes de abastecimiento.

3. Que los ayuntamientos afectados carezcan de recursos y medios propios para acometer la situación del problema.

4. Que las poblaciones afectadas se encuentren en alerta y sea inminente el paso a roja (emergencia).

VIII. Administraciones implicadas en el abastecimiento de agua potable.

En función de la población a abastecer será de competencia de las administraciones sobre la base del siguiente esquema:

Ayuntamientos con nº de habitantesAdministraciones implicadas

en el abastecimiento de agua potable

Menos de 5.000 habitantesAyuntamiento y Diputación Provincial

Entre 5.000 e 50.000 habitantesAyuntamiento, Diputación Provincial

y Xunta de Galicia

Superior a 50.000 habitantesAyuntamiento, Diputación Provincial, Xunta de Galicia y Administración general del Estado

IX. Catálogo de medios y recursos.

El Catálogo de Medios y Recursos será el que dispone la Dirección General de Interior y Protección Civil correspondiente al Platerga (Plan Territorial de Protección Civil de Galicia).

La movilización de medios y recursos necesarios se llevará a cabo a través de la Central de Emergencias 112 SOS-Galicia.

X. Anexo. Comisiones implicadas en el presente plan.

Nivel autonómico:

* Comisión Gallega para los Riesgos de Inundaciones y Situaciones de Sequía: los componentes son los miembros que se indican en el Decreto 56/2000, del 3 de marzo.

* Comisión Autonómica de Seguimiento de la Sequía.

Presidente: director general de Interior y Protección Civil, o persona en quien delegue.

Vocales:

-Los directores generales de: Presupuestos; Política Financiera y Tesoro; Obras Públicas; Transportes; Industria, Energía y Minas; Infraestructuras Agrarias; Producción y Sanidad Agropecuaria; Salud Pública; División de Farmacia y Productos Sanitarios; División de Asistencia Sanitaria; Administración local y del Centro de Desarrollo Sostenible, y el subdirector general de Protección Civil.

-Un representante de la Delegación del Gobierno en Galicia.

-Un representante de la Confederación Hidrográfica del Norte de España.

-Un representante de la Fegamp.

-Otros implicados directamente en el plan.

Secretario: jefe de Servicio de Protección Civil.

Nivel provincial:

* Comisiones provinciales de Seguimiento de la Sequía:

Presidente: delegado provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, o persona en quien delegue.

Vocales:

-Delegados provinciales de las consellerías de: CPTOPV, Industria y Comercio, Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural, Sanidad y Medio Ambiente.

-Un representante del organismo autónomo Aguas de Galicia (A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra).

-Un representante de la diputación provincial.

-Un representante de la Subdelegación del Gobierno en Galicia.

-Responsable de la CHN (Lugo, Ourense y Pontevedra).

-Responsable de la CH del Duero (Ourense).

Secretario: jefe provincial de Protección Civil.

* Grupo de trabajo técnico de las comisiones provinciales de Seguimiento de la Sequía:

Presidente: jefe del Servicio Provincial de Protección Civil.

Vocales:

-Jefes de los servicios provinciales de las consellerías representadas en la comisión provincial.

-Otros miembros: representantes de otras entidades públicas directamente implicadas en el plan.

XI. Funcionograma.

Mecanismos de coordinación ante situaciones de sequía en Galicia:

XII. Normas para la aplicación del plan.

Se seguirá el esquema siguiente:

Norma aplicableOrganismo solicitanteActuaciones a realizarOrganismo a informar

Alerta verdeAyuntamiento.

(Un mes antes de la alerta roja).

* Informe del grupo de trabajo técnico (reservas de agua y causas).

* Reunión Comisión Provincial de Seguimiento de la Sequía.

* Presidente Comisión Provincial de Seguimiento de la Sequía.

* Director general de Interior y Protección Civil.

Alerta azulAyuntamiento.

(Diez días antes de la alerta roja).

* Reunión del grupo de traballo técnico.

* Reunión Comisión Provincial de Seguimiento de la Sequía.

* Organización para proceder a suministrar auga.

* Presidente Comisión Provincial de Seguimiento de la Sequía.

* Director general de Interior y Protección Civil.

Alerta roja

Emergencia

Ayuntamiento, que indicará:

* Lugares afectados.

* Población que necesita agua.

* Cantidad diaria necesaria.

* Tiempo estimado de duración.

* Medidas económicas que adoptar.

* Controles que efectuará el ayuntamiento.

* Informe del grupo de trabajo técnico.

* Reunión Comisión Provincial de Seguimiento de la Sequía.

* Control y seguimiento del Servicio Provincial de Protección Civil.

* Coste del suministro.

* Lugar captación agua.

* Vehículos de transporte.

* Información.

* Presidente Comisión Provincial de Seguimiento de la Sequía.

* Director general de Interior y Protección Civil.

* Ayuntamiento: comunicación al ayuntamiento de las medidas adoptadas.