El conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, mediante Orden de 3 de abril de 2002, resolvió otorgar, con carácter definitivo, a la empresa Aguas de Incio, S.A., la concesión del servicio público regular permanente de uso general de transporte de viajeros por carretera V-0333; XG-015, Monforte de Lemos-Balneario de O Incio, con hijuelas, por sustitución de la concesión V-0333; XG-015, de igual denominación, de acuerdo entre otras, con las siguientes condiciones particulares:
1. Itinerarios y puntos de parada.
-Monforte de Lemos, estación de A Pobra de Brollón, A Pobra de Brollón, Saa, Castosante, empalme Pino, A Ferreirúa, Pacios de Veiga, Biduedo, Dompiñor, O Hospital, Trascastro, A Ferraría y Balneario de O Incio.
-A Ferreirúa, Marcón y Ferreiros.
-Empalme Pino, Pinos y Pacios de Veiga.
-A Pobra de Brollón, Cereixa, Bóveda y Monforte de Lemos.
-Pacios de Veiga y Canedo.
2. Prohibiciones de tráfico.
De y entre A Ferraría y O Hospital, puntos intermedios y viceversa.
3. Expediciones.
-Balneario de O Incio-A Ferraría-A Ferreirúa-Ferreiros-A Ferreirúa-Saa-Estación de A Pobra de Brollón-Monforte de Lemos (44,7 km).
-Una expedición de ida y vuelta de lunes a viernes lectivos.
-Una expedición de ida y vuelta los lunes, miércoles y viernes en período no lectivo.
Canedo-Pacios de Veiga-Pino-Empalme Pino-A Pobra de Brollón-Cereixa-Bóveda-Monforte de Lemos (41 km.)
-Una expedición de ida y vuelta de lunes a viernes lectivos.
-Una expedición de ida y vuelta los martes y jueves en período no lectivo.
4. Tarifas.
-Tarifa aplicable:
* Tarifa partícipe por viajero/km: 0,066112 A.
* Tarifa usuario: 0,070740 A.
* Exceso de equipajes y encargos (excluido IVA): 0,009917 A.
Contra la citada orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes ante este mismo órgano o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados, ambos plazos, a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. En todo caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición.
Santiago de Compostela, 11 de julio de 2002.
María José Bravo Bosch
Directora general de Transportes