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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 141 Martes, 23 de julio de 2002 Pág. 11.555

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2002 sobre autorización de apertura de un nuevo establecimiento de la agencia de viajes Mundo Mágico Tours, S.A., sita en la calle Juan Canalejo, 61 de A Coruña.

Examinado el expediente instruido a instancia de Antonio Fernández Barrientos, en su calidad de apoderado de Mundo Mágico Tours, S.A., titular de la agencia de viajes Mundo Mágico Tours, S.A., del grupo mayorista-minorista, con código de identificación AN-29636-3 y casa central en Benalmádena (Málaga), en solicitud de autorización de apertura de un nuevo establecimiento en la calle Juan Canalejo 61 de A Coruña.

Resultando que con la referida solicitud se aportó toda la documentación que se indica en el artículo 5 del Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo.

Considerando que en la empresa solicitante y en el nuevo establecimiento de la agencia de viajes concurren todas las condiciones exigidas por el mencionado decreto para la obtención de su autorización.

Considerando que en la tramitación del expediente se observaron todos los requisitos y formalidades establecidos legal y reglamentariamente.

Vistos la Ley 9/1997, de 21 de agosto, de ordenación y promoción del turismo en Galicia, y el Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo, esta Dirección General de Turismo,

RESUELVE:

Autorizar a la agencia de viajes Mundo Mágico Tours, S.A. con código de identificación AN-29636-3, del grupo mayorista-minorista y casa central en Benalmádena (Málaga), de la que es titular Mundo Mágico Tours, S.A., la apertura de un nuevo establecimiento en la calle Juan Canalejo, 61 de A Coruña, que podrá ejercer su actividad mercantil a partir de la fecha de publicación de esta orden en el DOG, con sujección a lo preceptuado en el Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo. Dicha agencia quedará inscrita en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma gallega.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Previamente, podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG.

Todo eso sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso extraordinario de revisión en los supuestos y plazos previstos en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 24 de junio de 2002.

P.D. (Orden 12-1-1998)

María A. Antón Vilasánchez

Directora general de Turismo