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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 140 Lunes, 22 de julio de 2002 Pág. 11.498

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA

APROBACIÓN definitiva del proyecto de compensación de la unidad de actuación número 35 del PGOU calle Doctor Loureiro Crespo.

La Comisión de Gobierno, en sesión do 10-6-2002, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.-Prestar aprobación definitiva al proyecto de compensación de la unidad de actuación nº 35 del PGOU, sita en la calle Doctor Loureiro Crespo, nº 8, presentado en registro del ayuntamiento el 18-12-2001 por Construcciones y Obras Veteris, S.L. en su condición de propietaria única de la totalidad de los terrenos integrantes de la unidad, redactado por los arquitectos Ignacio y José A. Hermo Túñez, con la finalidad de proceder a la gestión y ejecución de este ámbito espacial de equidistribución, disponiéndose la sustitución de la cesión del 10% del aprovechamiento urbanístico de la unidad que corresponde al ayuntamiento por la cesión y urbanización de la parcela de 577 m lindante con la parcela que nos ocupa, para completar la urbanización del vial previsto en el PGOU, y determinándose que la formalización de este proyecto de compensación se efectúe en documento administrativo con las solemnidades y requisitos dispuestos para las actas de los acuerdos de este ayuntamiento, con

el contenido legalmente exigido, o bien mediante escritura pública si así lo prefiere la propietaria única y por su cuenta. En cualquier caso, el documento en el que se formalice será inscrito en el Registro de la Propiedad, previa protocolización notarial del mismo, siendo ambas obligaciones por cuenta de la propiedad.

Segundo.-Incorporar, de acuerdo con este proyecto de compensación, los terrenos de la U.A. nº 35, de cesión obligatoria -en pleno dominio y completamente libres de cargas y gravámenes- al patrimonio municipal, e inventario de bienes y su afectación a los usos previstos por el planeamiento.

La cesión se entenderá sin perjuicio del derecho de ocupación para procederse a la ejecución de las obras, teniendo que efectuarse la cesión y entrega de la urbanización en un plazo no superior a tres meses contado desde la recepción definitiva por la propiedad, formalizándose ésta en actas que suscribirán este ayuntamiento y la sociedad limitada promotora.

Tercero.-Hacer saber a Construcciones y Oras Veteris, S.L. que, con carácter previo al inicio de la obra urbanizadora, tendrá que haber ganado firmeza envía administrativa este acto y aprobarse definitivamente el proyecto de urbanización, además de constituirse una fianza equivalente al presupuesto de ejecución material del proyecto de urbanización, que podrá cons

tituirse en cualquiera de las formas admitidas por la legislación de régimen local y, en caso de prestarse aval bancario, deberá ser debidamente intervenido, estando afecta a la correcta ejecución de la obra urbanizadora que se apruebe, incluida la parcela de 577 m situada fuera del ámbito de esta unidad para completar la urbanización del vial denominado calle Antón Fraguas prevista en el PGOU, al no quedar afectas las fincas resultantes del acuerdo de aprobación definitiva del proyecto de compensación, al pago de la cantidad que pudiera corresponder a cada finca en el presupuesto previsto de los costes de urbanización del polígono.

Cuarto.-Publicar el presente acto administrativo en el tablón de anuncios de este ayuntamiento, en el periódico Diario de Pontevedra y en el Diario Oficial de Galicia, y notificarlo individualizadamente a los interesados, con comunicación de testimonio del mismo a la Consellería de Política Territorial, Obras Pública y Vivienda de la Xunta de Galicia.

Quinto.-Una vez culminados los trámites referidos en los puntos anteriores, el presente expediente se remitirá al Servicio de Patrimonio y Promoción Económica a fin de que se tramite el procedimiento para la cesión gratuita a la Comunidad Autónoma de la parcela nº 6 del proyecto aprobado de 1.397 m, destinada a equipamiento hospitalario, conforme a lo dispuesto en el Real decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de bienes de las entidades locales, que linda con el hospital provincial.

Lo que se hace público para su ejecutividad, significándose que contra este acto podrá interponerse bien el recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en el artículo 116.1º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pontevedra en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 8.1º y 46.1º dela Ley 29/1998, de 13 de julio.

De interponerse el recurso potestativo de reposición, éste deberá ser resuelto y notificado en el plazo de un mes según se establece en el artículo 117.2º de la citada Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, entendiéndose desestimado por el transcurso del mencionado plazo sin resolución expresa, de conformidad con lo establecido en el artículo 43.2º de esta Ley 30/1992, pudiendo entonces interponerse recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses contado desde el día siguiente a aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado el recurso de reposición interpuesto, conforme a lo establecido en el artículo 46.1º y 4º de la Ley 29/1998.

No obstante, también se podrá interponer cualquier otro recurso que los interesados estimen procedentes con arreglo a derecho.

Pontevedra, 27 de junio de 2002.

Julio Dapena Outomuro

Secretario general

P.D.

Xosé Cesáreo Mosquera Lorenzo

Teniente alcalde delegado del Área de Urbanismo y Medio Ambiente