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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 137 Miercoles, 17 de julio de 2002 Pág. 11.297

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 235/2002, de 27 de junio, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Valga (Pontevedra), de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de expropiaciones en el enlace de Valga con la carretera comarcal 550.

El Ayuntamiento de Valga, en sesión celebrada el día veintiséis de noviembre de dos mil uno, aprobó el proyecto de expropiaciones en el enlace de Valga con la carretera comarcal 550, y en la sesión del cinco de junio de dos mil dos, acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Por parte del Ayuntamiento de Valga fue remitida la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día catorce de junio de dos mil dos.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día doce de junio de dos mil dos.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque según señala el ayuntamiento la urgencia viene determinada por la necesidad de mejorar los enlaces con la carretera comarcal 550, debido a la alta siniestrabilidad existente en el cruce de Campaña, debido

a la estrechez de su trazado actual, precisándose su ancheamiento para evitar dos zonas extremadamente peligrosas no sólo para los vehículos sino también para los propios peatones.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veintisiete de junio de dos mil dos,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de Valga, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de expropiaciones en el enlace de Valga con la carretera comarcal 550.

Santiago de Compostela, veintisiete de junio de dos mil dos.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Antonio Pillado Montero

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales