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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 135 Lunes, 15 de julio de 2002 Pág. 11.084

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS

ORDEN de 7 de junio de 2002, por la que se aprueba el cambio de dominio de las bateas Primavera IV, A.A. II, Portela C.

Vistos los expedientes instruidos a efectos de transmisión de las bateas Primavera IV, A.A. II, Portela C, y de la concesiones administrativas que las amparan, resulta:

a) Antecendentes de hecho.

Primero.-Mediante escrito de fecha 18-12-2001, María Barciela Andreu (35966936-L) y Claudio Pazos López (35860715-N) solicitaron autorización para la transmisión de las concesiones de las bateas Primavera IV, A.A. II, Portela C.

Segundo.-Los informes del Servicio de Protección de Recursos sobre las características de la batea y del Servicio Técnico Jurídico sobre la tramitación del expediente son favorables.

b) Fundamentos jurídicos.

Primero.-Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia, y con Orden de 14 de junio de 1999 de delegación de competencias en los delegados territoriales de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura.

Segundo.-El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por lo que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, a propuesta de resolución elaborada por el Servicio de Recursos Marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de regimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación, tuve a bien dictar la siguiente resolución

Autorizar la transmisión inter vivos, a favor de de Juan Ramón Pazos Barciela (52500147-W), de la concesión administrativa de las bateas que se indican a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Primavera IV.

Ubicación:

Lugar: Cangas H, cuadrícula 59.

Especies autorizadas: mejillón (M. galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden de otorgamiento: 6-10-1955.

Remate de la vigencia: 13-10-2005.

Actuales titulares: María Barciela Andreu (35966936-L) y Claudio Pazos López (35860715-N).

Nuevo titular: Juan Ramón Pazos Barciela (52500147-W).

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: A.A. II.

Ubicación:

Lugar: Redondela A, cuadrícula 12.

Especies autorizadas: mejillón (M. galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden de otorgamiento: 16-6-1975.

Remate de la vigencia: 27-2-2005.

Actuales titulares: María Barciela Andreu (35966936-L) y Claudio Pazos López (35860715-N).

Nuevo titular: Juan Ramón Pazos Barciela (52500147-W).

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Portela C.

Ubicación:

Lugar: Redondela D, cuadrícula 7.

Especies autorizadas: mejillón (M. galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden de la otorgamiento: 6-10-1953.

Remate de vigencia: 23-9-2008.

Actuales titulares: María Barciela Andreu (35966936-L) y Claudio Pazos López (35860715-N).

Nuevo titular: Juan Ramón Pazos Barciela (52500147-W).

Bajo las siguientes condiciones:

Primera.-Los actuales titulares deberán presentar en el plazo máximo de un mes, contados desde el día seguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia cotejada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Segundo.-Transcurrido el plazo indicado en condición primera sin tener aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.

Tercera.-El nuevo titular de la concesión queda subrogado en los derechos y obligaciones del anterior, desde el momento de formalización de compra-venta en escritura pública.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,

de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 7 de junio de 2002.

P.D. (14-6-1999, DOG nº 120, del 24 de junio)

Paloma Rueda Crespo

Delegada territorial de Vigo