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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 134 Viernes, 12 de julio de 2002 Pág. 10.898

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2002, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se hace pública la declaración de minero-medicinal de las aguas del manantial de nominado Nai de Deus.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 39 del Real decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general para el régimen de la minería, se hace pública la resolución de la secretaría general de Industria, de 16 de abril de 2002, por la que se formula la declaración de la condición de minero-medicinal de las aguas del manantial Nai de Deus, sito en el lugar de Prado da Fonte, parroquia de Sambreixo, en el término municipal de Palas de Rei (Lugo), instado por Manuel Víctor Aramburu Molet, en nombre de la sociedad Balneario do Río Pambre, S.L., que se transcribe como anexo a esta resolución.

Lugo, 29 de abril de 2002.

Jesús Bendaña Suárez

Delegado provincial de Lugo

ANEXO

«Examinada la solicitud presentada por la sociedad Balneario do Río Pambre, S.L., resultan los siguientes antecedentes de hecho:

Primero.-El 4 de abril de 2001 Manuel Víctor Aramburu Molet, en nombre de la sociedad Balneario do Río Pambre, S.L., solicita la declaración de la condición de minero-medicinal de las aguas del manantial Nai de Deus, sito en el lugar de Prado da Fonte, parroquia de Sambreixo, en el término municipal de Palas de Rei (Lugo).

Segundo.-El expediente de referencia cuenta con el preceptivo informe favorable de la Consellería de Sanidad.

Tercero.-La Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Lugo informa favorablemente la solicitud de referencia.

Fundamento de derecho.

Primero.-Esta consellería es competente para resolver este expediente, con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, en los reales decretos 1634/1980, de 31 de julio 2563/1982, de 24 de julio, en los decretos 6/1982, de 29 de enero y 132/1982, de 4 de noviembre, y en el Decreto 15/2002, de 24 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, en relación con la Ley 5/1995, de 7 de junio, de regulación de las aguas minerales, termales y de los establecimientos balnearios de la Comunidad autónoma de Galicia, y el Decreto 402/1996, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de aprovechamiento de aguas minero-medicinales, termales y de los establecimientos balnearios de la Comunidad autónoma de Galicia, modificado por el Decreto 116/2001, de 10 de mayo; la Ley 22/1973, de 21 de julio, de minas, y el Reglamento general para el régimen de la minería, aprobado por Real

decreto 2857/1978, de 25 de agos

to, y demás normativa específica que resulte de aplicación.

Segundo.-En la tramitación del expediente se cumplieron todos los preceptos contenidos en la Ley 5/1995, ya mencionada, y en el artículo 39 del Reglamento general para el régimen de la minería, de 25 de agosto de 1978.

Esta consellería, de acuerdo con lo que antecede y en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas, ha resuelto declarar la condición de minero-medicinal de las aguas del manantial Nai de Deus, sito en Sambreixo, en el término municipal de Palas de Rei (Lugo).

Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 116.1º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha, al amparo de lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen procedente. Santiago de Compostela, 16 de abril de 2002. P.D. Orden de 20 de diciembre de 2001 (DOG nº 250, de 28 de diciembre). Jesús

Vázquez San Luis, secretario general de de la Consellería de Industria y Comercio de Lugo».