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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 127 Miercoles, 03 de julio de 2002 Pág. 10.405

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2002, de la Delegación Provincial de A Coruña, de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente IN407A 02/38).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública, en concreto, de las instalación eléctrica que a continuación se detallan:

Solicitante: Hidroeléctrica del Zarzo, S.A.

Domicilio social: avda. de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.

Denominación: L.M.T. Pachote-Vilamateo.

Situación: Vilarmaior.

Características técnicas: línea eléctrica aérea de media tensión a 15/20 kV, sobre apoyos de hormigón y metálicos tubulares, de 1.931 m de longitud, para sustituir la existente entre el C.T. Pachote y el C.T. Vilamateo, en el término municipal de Vilarmaior.

El expediente se sometió a los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE nº 285), del sector eléctrico, y en el título VII del Real decreto de 1 de diciembre (BOE nº 310), sobre autorización de instalaciones de energía eléctrica.

En la fase de información pública se presentaron las siguientes alegaciones:

El propietario de la finca nº 9 solicita que la línea que lleve hacia el lado izquierdo, junto a la carretera, y si se deja como está, solicita que se le indemnice razonablemente.

Hidroeléctrica del Zarzo, S.A. manifiesta que el proyecto tiene como fin sustituir la L.M.T. existente sobre postes de madera discurriendo la mayor parte del trazado por el actual.

Si la referida L.M.T. se separa 3 m del trazado actual debido a la pista y taludes existentes que condicionaron la colocación del apoyo nº 1, se eliminarán los apoyos de madera existentes en la propiedad.

El propietario de las fincas 15, 19, 31, 44, 46 y 51 manifiesta que no está de acuerdo con que la línea pase por otro lado distinto a donde pasa ahora, dado que le afecta terrenos que no eran afectados antes y quedan marginados para la plantación o edificación y que deben ser mejor pagados.

Hidroeléctrica del Zarzo, S.A. manifiesta que el trazado proyectado coincide con el actual, eliminándose de las fincas 15, 31 y 46 los apoyos de madera que tienen en la actualidad. En la finca nº 19, el trazado se separa del actual reduciéndose sensiblemente la superficie afectada, de forma que la L.M.T. proyectada no sobrevuela en la finca. Referente a la indemnización podrá presentar en su momento hoja de aprecio a fin de que el jurado provincial de expropiación determine el justiprecio.

El propietario de las fincas 22 y 63 manifiesta que no está de acuerdo con que la línea pase por otro lado distinto a donde pasa ahora, dado que le afecta terrenos que no eran afectados antes y quedan marginados para la plantación o edificación, y que deben ser mejor pagados.

Hidroeléctrica del Zarzo, S.A. manifiesta que el proyecto tiene como fin sustituir la L.M.T. existente sobre postes de madera discurriendo en la mayor parte del trazado por el actual.

En la parcela 63 el trazado proyectado coincide con el actual, mientras que en la parcela 22 la afección es nueva debido a que se intentó separar el tendido de las viviendas existentes.

Referente a la indemnización podrá presentar en su momento hoja de aprecio a fin de que el jurado provincial de expropiación determine el justiprecio.

El propietario de la finca 85 corrige la longitud de la línea de 58 ml a 62 ml, solicita una nueva medición en cuanto a la superficie afectada, indica que no está suficientemente razonada ni motivada la solicitud de D.U.P.

Hidroeléctrica del Zarzo, S.A. indica que la medición se hará el día de levantamiento de actas previas a la ocupación. Se indica que se le notificará para que pueda comparecer. Referente a la D.U.P., indica que la L.M.T. tiene por objeto sustituir la L.M.T. existente sobre postes de madera y conductor de LA-30 discurriendo en su mayor parte por el trazado actual. El trazado en la F-85 se ajusta al existente sobre postes de madera.

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, esta delegación resuelve,

Autorizar, aprobar el proyecto de ejecución y declarar de utilidad pública, en concreto, las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el anteproyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Las instalaciones se ejecutarán en un plazo no superior a un año, contado a partir de la fecha de esta resolución.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

A Coruña, 31 de mayo de 2002.

Jesús Espada Martínez

Delegado provincial de A Coruña