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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 125 Lunes, 01 de julio de 2002 Pág. 10.243

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, MUJER Y JUVENTUD

CÉDULA de 29 de mayo de 2002, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se hace pública la Resolución de 10 de abril de 2002 de denegación de las ayudas a la contratación en prácticas del expediente administrativo FM 343D 2001/124-5.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), y no siendo posible la práctica de la notificación en el domicilio señalado por el interesado de la resolución de la denegación de las ayudas a la contratación en prácticas de la subvención del expediente administrativo, conforme a lo establecido en la Orden de 10-5-2001 (DOG nº 97, del 22 de mayo), se publica:

1. Expedientes de procedimiento: FM 343D 2001/124-5.

Orden de la convocatoria: 10 de mayo de 2001 (DOG nº 97, del 22 de mayo).

Interesado: Colotel Digital, S.L.L.

Domicilio: calle Sagasta, 20 bajo, 36002 Pontevedra.

Asunto: resolución por delegación del delegado provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud de fecha 10 de abril de 2002, al amparo de la Orden de 10-5-2001.

Resolución:

«Examinada la solicitud de ayudas por la contratación en prácticas de trabajador/es, presentada por Álvaro Gil Fernández, en nombre y representación de Colotel Digital, S.L.L., y teniendo en cuenta los siguientes:

Antecedentes:

Primero.-La solicitud fue presentada el 29-6-2001.

Segundo.-De las actuaciones realizadas y de la documentación del expediente resulta el incumplimiento de los requisitos exigidos para la concesión de las ayudas solicitadas en virtud de los motivos indicados en el fundamento segundo.

Tercero.-En la tramitación del presente expediente se observaron todos los requisitos y prescripciones legales.

Fundamentos:

Primero.-La competencia para conocer y resolver la presente solicitud corresponde, por delegación de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, a esta delegación provincial, de acuerdo con el artículo 3 de la Orden de 10 de mayo de 2001 (DOG del 22) por la que se establecen los programas de fomento de la contratación y de la estabilidad en el empleo para el año 2001.

Segundo.-El incumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos en la orden reguladora viene motivado por las razones siguientes:

El trabajador no estaba inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo en la

fecha de inicio de la relación laboral objeto de la solicitud, por lo que su contratación no está incluida en el ámbito de aplicación de las ayudas establecido en la base 4ª.2 del anexo D.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación, esta delegación provincial

ACUERDA:

No conceder a Colotel Digital, S.L.L., la ayuda solicitada por la contratación indefinida de José Luis Sabarís Castro, por las razones expuestas en el fundamento segundo de esta resolución.

Notifíquese al interesado esta resolución, que pone fin a la vía administrativa y contra la que cabe formular recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia; asimismo, con anterioridad y con carácter potestativo, puede interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, ante esta delegación provincial, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Vigo, 10 de abril de 2002. P.D. Fdo.: Joaquín Macías Sánchez. Delegado provincial de Pontevedra».

Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Fomento del Empleo de la Delegación Provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en Vigo.

Vigo, 29 de mayo de 2002.

Joaquín Macías Sánchez

Delegado provincial de Pontevedra