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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 125 Lunes, 01 de julio de 2002 Pág. 10.197

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 5 de abril de 2002, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la modificación del convenio colectivo de ámbito provincial para la empresa Personal Laboral del Ayuntamiento de Ribadeo.

Vista el acta de reunión celebrada el día 5-2-2002 por la mesa negociadora del convenio colectivo para el Personal Laboral del Ayuntamiento de Ribadeo (código 2700742), de la provincia de Lugo (publicado en el BOP nº 200, del 31 de agosto de 2001) en la que se acuerda modificar el artículo 6, la ampliación de la disposición adicional 1ª, así como el del anexo que contiene la RPT del vigente convenio colectivo, aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 11 de marzo de 2002, por la representación de la mencionada empresa y la de sus trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo.

Esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada modificación y ampliación del convenio colectivo en el registro de convenios de esta delegación, así como su depósito.

Segundo.-Remitir el texto de la mencionada modificación y ampliación del convenio colectivo a la Dirección General de Relaciones Laborales de la Xunta de Galicia.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia y en el BOP.

Lugo, 5 de abril de 2002.

Manuel Teijeiro Álvarez

Delegado provincial de Lugo

Jesús Fernández de la Puente Pérez, secretario del Ayuntamiento de Ribadeo (Lugo), certifico:

Que el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 11 de marzo de 2002, acordó previo dictamen de la comisión informativa de gobernación y personal y por mayoría de 8 votos del Grupo Popular y 4 abstenciones de los Grupos BNG y PSG-PSOE prestar aprobación a la propuesta de la Alcaldía que recoge las siguientes modificaciones en el convenio de personal laboral:

16.5. Modificación convenio personal laboral.

Artículo 6. Nueva redacción.

El Ayuntamiento de Ribadeo se compromete a mantener la misma consignación vigente en el presupuesto municipal para esta finalidad (con un máximo de 24.040,45 A, 4.000.000 de pesetas como préstamo vivo total). La cuantía máxima de los anticipos a que tiene derecho cada empleado será de hasta un máximo de 3.606,08 A, 600.000 pesetas. La amortización de los anticipos se realizará en diez, veinte o treinta mensualidades según la cuantía de los mismos.

Tendrán derecho a los anticipos los empleados laborales fijos y temporales con una antigüedad superior a un año. En el caso de cese deberá amortizarse anticipadamente.

-Los anticipos se podrán solicitar del 1 al 6 de cada mes y se resolverán del 1 al 15 de cada mes.

-Las solicitudes se presentarán en una instancia oficial al efecto en el ayuntamiento, por el solicitante, vía registro, recogiendo año, mes, día y hora de presentación.

-Los anticipos serán adjudicados por estricto orden de presentación y con los siguientes matices:

* Tendrán derecho en primer lugar aquellos trabajadores que nunca lo solicitaran hasta el momento. En todo caso en orden inverso al número de anticipos concedidos.

* No se podrá percibir otro anticipo hasta que finalice el plazo elegido originalmente para la amortización de un anterior.

* Los trabajadores que tuvieran concedido anticipo en los últimos cinco años ocuparán el último lugar en caso de existencia de más de una solicitud. Existirá una comisión paritaria compuesta por dos representantes del ayuntamiento y dos representantes de los delegados de personal laboral que resolverá el otorgamiento de anticipos en casos de duda respecto a este artículo.

Disposición adicional 1ª. Se añade el siguiente párrafo:

«OEP/2002.

Personal laboral.

1. Responsable del Programa de Prevención de Drogodependencias. Número de plazas: una. Estudios requeridos: licenciado en psicología.

2. Responsable Oficina Municipal de Información Juvenil. Número de plazas: una. Estudios requeridos: titulación universitaria de grado medio.

3. Responsable de la Oficina Municipal de Información al Consumidor. Número de plazas: una. Estudios requeridos: graduado escolar, FP 1 grado o equivalente».

Anexo. Se modifica la RPT con la creación de las siguientes plazas:

0403. Responsable Programa Prevención Drogodependencias. Tiene las siguientes funciones: elaboración, desarrollo y evaluación de los programas de prevención de drogodependencias que sean programados por el Ayuntamiento a título individual o en colaboración con la Xunta de Galicia e incluso con otros ayuntamientos, todo bajo la supervisión de los responsables municipales del servicio.

Las características que configuran el puesto son las siguientes:

a) Las condiciones generales del puesto determinan la aplicación de un CD nivel 24.

b) Las condiciones particulares del mismo determinan un CE mensual de 350,01 A.

0641. Responsable Oficina Información Juvenil. Tiene las siguientes funciones: responsable administrativo de la Oficina de Información Juvenil desarro

llando actividades de información y orientación de los/as jóvenes del ayuntamiento, organización de cursillos, actividades y desarrollo de programas en mate

ria juvenil, con posibilidad jornada especial (jornada partida incluidos sábados).

Las características que configuran el puesto son las siguientes:

a) Las condiciones generales del puesto determinan la aplicación de un CD nivel 23.

b) Las condiciones particulares del mismo determinan un CE mensual de 350,01 A.

0910. Responsable Oficina Municipal Información al Consumidor. Tiene las siguientes funciones: responsable administrativo de la Oficina Municipal de Información al Consumidor desarrollando actividades de orientación, información, divulgación y programación de cursos y actividades en materia de consumo en el marco de la legislación autonómica en la materia. Del mismo modo desempeñará funciones de coordi

nación de tareas administrativas en materia de plaza de abastos y mercado.

Las características que configuran el puesto son las siguientes:

a) Las condiciones generales del puesto determinan la aplicación de un CD nivel 16.

b) Las condiciones particulares del mismo determinan un CE mensual de 257,41 A.

Y para que conste, expido la presente, con la salvedad del artículo 206 del ROF, de orden y con el visto bueno del alcalde, en Ribadeo, 2 de abril de 2002.

Visto bueno

El alcalde