De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE nº 285, del 27 de noviembre) modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 112, del 14 de enero), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica al denunciado, con los datos personales y último domicilio conocido que se mencionan en en anexo, mediante la publicación en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de A Guarda, la resolución del procedimiento administrativo sancionador por infracción de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre (BOE nº 283, del 25 de noviembre), de puertos del Estado y de la marina mercante, en relación con los artículos 14 y 65 del Reglamento de servicio, policía y régimen de los puertos, aprobado por O.M. de 12 de junio de 1976, por no ser posible la notificación a través del servicio de correos.
El órgano competente para la resolución del expediente por razón de la tipificación y cuantía de la sanción, de acuerdo con el artículo 39 del Reglamento del ente público Puertos de Galicia (Decreto 227/1995, de 20 de julio-DOG nº 228, del 28 de noviembre de 1995), y, en virtud de lo dispuesto en la resolución de la presidencia de Puertos de Galicia de 20 de marzo de 2002 por la que, en aplicación del artículo 17.2º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se designa un técnico del ente público Puertos de Galicia para el ejercicio de las competencias sancionadoras que ostenta el director puesto actualmente vacante, es la jefa del Área de Explotación y Planificación.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia (art. 107 en relación con el artículo 114 de la Ley 30/1992). El plazo para su interposición será de un mes (artículo 115 de la Ley 30/1992), a contar desde la notificación de la presente resolución.
En el caso de conformidad con esta resolución, deberá hacer efectivo el importe de la sanción en la cuenta número 0049-6755-64-2116034531 del Banco Santander-Central Hispano, empleando el modelo de impreso que se facilitará en los servicios centrales de Puertos de Galicia y presentándolo en cualquier entidad bancaria, en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución, firmeza que se producirá al no interponer recurso de alzada
dentro del plazo, y de no hacerlo así, se procederá a su cobro por vía de apremio, según lo prescrito en el artículo 97 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 112, del 14 de enero), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Y para que conste y les sirva de notificación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello la presente cédula.
Santiago de Compostela, 13 de junio 2002.
Ana Isabel Calzadilla Bouzón
Jefa da Área de Explotación y Planificación
ANEXO
propuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Puerto -Precepto infringido -Precepto sancionador -Sanción
PO-9472-AL
Guarda Civil de A Guarda C/ Fernández Albor, 7-1º
36780 A Guarda (Pontevedra)
16-12-2001; 2.30; A Guarda Art. 14 y 65 O.M. 12-6-1976
Sanc 06/2002
Jesús Martínez Lomba
Circulaba indebidamente con un vehículo por el dominio público marítimo-terrestre.
Art. 114.1º a) Ley 27/1992.
Art. 120 Ley 27/1992 180,3 euros