Vistas las peticiones de prórroga de las concesiones que se citan en el anexo, resulta:
Antecedentes de hecho.
Primero.-Por orden del Ministerio de Comercio de 7 de octubre de 1975(BOE nº 254) se otorgan 930
concesiones administrativas para la instalación de otros tantos parques de cultivo de moluscos en la zona de O Carril, distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, en precario y por un plazo de 10 años, prorrogables a petición de los interesados.
Por Orden de 29 de octubre de 1984, (DOG nº 229) se otorga concesión administrativa para instalar un parque de cultivo de almejas y berberechos en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa a favor de José Mollinedo Rey con una ocupación de 1.351,25 metros cuadrados.
Segundo.-Mediante Decreto 158/1991, de 16 de mayo, se declara de interés marisquero y urgente ejecución la revisión y reordenación de los citados parques de cultivo, al objeto de proceder a una regularización de la situación de hecho existente, a la revisión de las circunstancias de titularidad de los parques y a la oportuna reordenación que adecúe su situación y superficie a una explotación más racional de los recursos.
Tercero.-Aprobada la fase de revisión del citado proceso por resolución de la Dirección General de Marisqueo y Acuicultura de fecha 26 de diciembre de 1995, es necesario proceder al inicio de la fase de reordenación, de la cual surgirán las nuevas concesiones, para lo que resulta inexcusable desestimar, en este momento del proceso, tales peticiones de prórroga.
Fundamentos jurídicos.
Primero.- Este órgano es competente para resolver tales peticiones de conformidad con lo dispuesto en el Real decreto 3318/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de pesca y en la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia.
Segundo.- Teniendo en cuenta que el plazo de vigencia de las concesiones administrativas que amparan los citados parques expiró, y que de conformidad con lo dispuesto en el apartado C del artículo 72 de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, las concesiones se extinguirán por el vencimiento del plazo de otorgamiento sin que se solicitara y se concediese prórroga.
Por todo lo anterior, esta consellería, haciendo uso de sus atribuciones y competencias, acuerda denegar las prórrogas solicitadas y proceder, de conformidad con el artículo 72 de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, a la extinción de las concesiones relacionadas en el anexo a la presente orden.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos, o recurso contencioso-administrativo, que se interpondrá en el plazo de dos meses ante la jurisdicción contencioso-administrativa; ambos plazos se contarán desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Disposición final
La presente orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 3 de junio de 2002.
Enrique Cesar López Veiga
Conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos
1. Orden de 7 de octubre de 1975 por la que se otorgan 930 concesiones administrativas para instalación de otros tantos parques de cultivo de moluscos en la zona de O Carril, distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa.
PARCELA Nº NOMBRE SUPERFICIE M
253 CARLOS FRANCO BOULLOSA 147
269 RODRIGO CRESPO GARCIA 94
280 MANUEL EIRAS LOPEZ 35
323 OLIVA FRANCO BOULLOSA 27
335 EDELMIRO CRESPO GARCIA 29
383 JUANA CRESPO GARCIA 78
401 CRESPO, RIVAS Y VARELA, S.L. 262
437 CAREMEN IGLESIAS RAMOS 104
482 ROQUE RAMOS CRESPO 48
535 JOSE PATIO RODRIGUEZ 547
567 CAREMEN IGLESIAS RAMOS 270
586 CARLOS RIVAS FERNANDEZ 186
599 ANTONIO FRANCO BOULLOSA 572
639 ANTONIO FRANCO BOULLOSA 419
704 ANTONIO FRANCO BOULLOSA 221
794 LUIS IGLESIAS CARBALLO 3.642
804 RAMON GIL MANEIRO 54
806 JOSE IGLESIAS DEL RIO 76
812 JUAN ROMA LOJO 285
817 JUAN ROMA LOJO 227
820 MARIA INES EIRAS CHAVES 378
823 JOSE L. CASTRO ROMAY 143
824 PAULINA SABORIDO TEIRA 301
861 GUMERSINDO TORRADO TORRADO 44
2. Orden de 29 de octubro de 1984, (DOG nº 229) por la que se otorga concesión administrativa para instalar un parque de cultivo de almejas y berberechos en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa a favor de José Mollinedo Rey con una ocupación de 1.351,25 metros cadrados.
PARCELA Nº NOMBRE SUPERFICIE M
EXP. 5464 JOSE MOLLINEDO REY 1.351,25
CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES
LABORALES