El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 25 de abril de 2002, acordó aprobar definitivamente la modificación puntual del PGMO artículo 79.4º de la urbanización O Valiño, en San Pedro de Nós (Oleiros), del tenor literal siguiente:
«La tipología de edificación será la de vivienda unifamiliar exenta sobre el parcelario original de la urbanización O Valiño. A efectos de nuevas parcelaciones se exigirá una parcela neta mínima de 440 m».
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrían interponer recurso de reposición con carácter potestativo, en el plazo de un mes, que se computará desde el día siguiente a la notificación de la misma, ante el mismo órgano que la dictó (al amparo de lo dispuesto por los artículos 116
y 117 de la Ley 4/1994, de modificación de la Ley 30/1992, del RGAPPAC).
También podrá interponer contra esta resolución, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Sin perjuicio de la facultad de interposición del recurso extraordinario de revisión para los supuestos y plazos previstos por el artículo 118 de la citada ley.
Oleiros, 7 de mayo de 2002.
Esther Pita Pita
Alcaldesa-presidenta