De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), se les notifica a las personas mencionadas a continuación (que no pudieron ser notificadas en el último domicilio conocido que asimismo se indica), la resolución del expediente sancionador nº 36/52/01, por infracción en materia de defensa del consumidor.
Contra la citada resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el presidente del Instituto Gallego de Consumo en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la recepción de esta notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Expediente: 36/52/01.
Inculpada: Manuela Torres Freijeiro.
Domicilio: c/ Peregrina, 14, galerías, 36001 Pontevedra.
Motivos: incumplimiento de la normativa que regula los derechos de los consumidores en materia de publicidad.
Fecha del acuerdo de incoación: 13-12-2001.
Fecha de la propuesta de resolución: 28-1-2002.
Alegaciones del expedientado: no presenta escrito en su descargo.
Preceptos infringidos: Ley 34/1988, de 11 de noviembre, general de publicidad.
Preceptos sancionadores: artículo 34.6º de la Ley 26/1984, de 19 de julio, general para la defensa de los consumidores y usuarios.
Sanción: 150 euros.
Pontevedra, 16 de mayo de 2002.
Carmen Bianchi Valcarce
Delegada provincial de Pontevedra