Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Miercoles, 12 de junio de 2002 Pág. 8.873

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA Y DESARROLLO RURAL

RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2002, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador AG-SA-164/2001-PO.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona, la resolución dictada en el expediente con fecha 27-11-2001, por infracción en materia de epizootias, regulada en el Decreto 4-2-1955, al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.

A los efectos previstos en el artículo 21 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, el denunciado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente el de la publicación de esta notificación podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Pontevedra, 8 de mayo de 2002.

José Manuel Gabeiras Vérez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: AG-SA-164/2001-PO.

Denunciado: Antonio García Sánchez.

Última dirección conocida: Lugar de Mandeo-Sobrado (A Coruña).

Hecho denunciado: falta de guía de origen y sanidad pecuaria en el traslado de 43 animales de la especie porcina y no reflejar este movimiento en el libro de registro de compraventa de ganado.

Preceptos infringidos: incumplimiento del artículo 212 del Decreto de 4 de febrero de 1995, y del artículo 10 de la Orden de 23 de agosto de 1995.

Precepto sancionador: artículo 212 del Decreto de 4 de febrero de 1955 y 224 del Reglamento de epizootias, según la actualización de las sanciones realizada por el Real decreto 1665/1976, de 7 de mayo.

Sanción: 811,37 euros (135.000 pesetas).