De conformidad con lo dispuesto por el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, se notificó la propuesta de resolución del procedimiento sancionador, poniendo en su conocimiento que dispone de un plazo de quince días para formular alegaciones y presentar los documentos o informaciones que estime pertinentes ante el instructor del procedimiento.
Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela, 20 de mayo de 2002.
Pilar Díaz Herrera
Instructora
ANEXO
Expediente: 107C-2002/4-0 (sancionador).
Denunciado: Mª Carmen Pan Lorenzo.
Condición: presunto responsable.
Último domicilio conocido: Ronda de Outeiro, 224-6º A.
Hechos: obras de construcción de vivienda sin licencia municipal en suelo rústico protegido.
Lugar: Antas, Portiño de Suevos.
Ayuntamiento: Arteixo.
Precepto infringido: artículo 182.2º Ley 1/1997, del suelo de Galicia y 70.2º del Decreto 28/1999, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de disciplina urbanística.
Precepto sancionador: artículo 185.1º c) Ley 1/1997, del suelo de Galicia y 82 del Decreto 28/1999, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de disciplina urbanística.
Sanción propuesta: 15.130,20 euros.