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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 110 Lunes, 10 de junio de 2002 Pág. 8.749

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO

CÉDULA de 6 de mayo de 2002, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se notifica resolución dictada en relación con el expediente 32-P-0011/92, devuelto por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999,de 13 de enero (BOE del 14 de enero), intentada la notificación personal en el último domicilio conocido del interesado Juan Carlos Martín Marcos, representante de la empresa Promociones Inmobiliarias de Valdeorras, S.A. (c/ Remedios, 53-5º en Ourense), sin que esta se pudiese practicar, se le notifica a los interesados Promociones Inmobiliarias de Valdeorras, S.A. y a su representante Juan Carlos Martín Marcos la resolución de caducidad del procedimiento y archivo de las actuaciones del expediente de referencia de acuerdo con lo establecido en el artículo 92 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Contra dicha resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas

y Vivienda en el plazo de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta cédula, conforme establecen los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992.

«Examinado el expediente de referencia y teniendo en cuenta los siguientes,

Hechos.

1. El día 13 de octubre de 1995 se dio entrada en el registro de esta delegación provincial a la petición citada más arriba. Al no reunir los requisitos exigidos por la normativa de aplicación, al solicitante se le requirió para que, en un plazo de diez días, aporte los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciese, se tendrá por desistido de su petición, procediéndose a su archivo.

2. Requerido el 6 de noviembre de 1995, el peticionario dejó pasar el plazo de diez días sin aportar los documentos demandados indispensables para proseguir la tramitación.

Razonamientos jurídicos.

Primero.-Esta delegación provincial del Instituto Galego de la Vivienda y Suelo es competente para resolver el presente expediente , en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 345/1998.

Segundo.-En el artículo 71 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (en lo sucesivo, LRJPAC) se establece que, de no aportar la documentación requerida en el plazo previsto, se resolverá el expediente por desestimiento de su peticionario.

Esta delegación provincial

ACUERDA

Dar por rematado el procedimiento, al caducar la instancia del interesado por falta de subsanación de las deficiencias detectadas en la solicitud, considerandolo desistido de su petición, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la LRJPAC.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 de la LRJPAC, modificada por la Ley 4/1999.

Ourense, 27 de marzo de 2002. Delegado provincial del IGVS en Ourense. Fdo.: José Elier Ojea Ureña».

Lo que se notifica de acuerdo con la normativa antes citada.

Ourense, 6 de mayo de 2002.

José Elier Ojea Ureña

Delegado provincial del Instituto Gallego de la

Vivienda y Suelo de Ourense