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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 110 Lunes, 10 de junio de 2002 Pág. 8.706

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

CORRECCIÓN de errores.-Resolución conjunta de 6 de mayo de 2002, de la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional, del Instituto Gallego de Consumo, de la Secretaría General de la Consellería de Sanidad, de la Dirección General de Salud Pública, de la Dirección General de Justicia, del Servicio Gallego de Promoción de la Igualdad del Hombre y de la Mujer, de la Dirección General de la Juventud y del Centro de Desarrollo Sostenible de la Consellería de Medio Ambiente, por la que se convocan premios a la innovación educativa sobre los temas transversales.

Advertido error de omisión del anexo II en la mencionada resolución, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 96, del martes, 21 de mayo de 2002, porcede incluir lo siguiente:

ANEXO II

Aspectos que hay que desarrollar en la memoria descriptiva para la solicitud de premios a la innovación educativa sobre los temas transversales

1. Datos de identificación:

1.1. Título.

1.2. Ámbito de aplicación del trabajo: centro/s, calle, localidad, provincia.

1.3. Delimitación del campo de trabajo: ciclo/s, curso/s, área/s, etc.

1.4. Autor/a o coordinador/a del trabajo.

1.5. Datos personales y profesionales del profesorado que interviene en el trabajo.

2. Diseño:

2.1. Justificación del trabajo: en el marco del proyecto curricular de la etapa y de la programación del aula, contexto en el que surge, cuestiones a las que pretende responder, etc.

2.2. Objetivos pretendidos: qué se experimentó, definir su finalidad, etc.

2.3. Metodología seguida: hipótesis formuladas, selección de variables, técnicas utilizadas, organización, etc.

2.4. Descripción pormenorizada del trabajo: duración, fases, contenidos, secuencias, etc.

2.5. Aspectos o elementos evaluados y su incidencia en la práctica docente.

2.6. En el caso de participantes de varios centros, se especificará: los mecanismos establecidos para la coordinación, intercambio de información, puesta en común y evaluación conjunta.

2.7. Transferibilidad de la experiencia a aulas estándares.