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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Jueves, 06 de junio de 2002 Pág. 8.597

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE SANIDAD

CÉDULA de 11 de abril de 2002, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del recurso de alzada del expediente sancionador 57/2001 BOD, por infracciones en materia sanitaria.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, para que el expedientado pueda tener conocimiento del contenido de la misma, se notifica la resolución del recurso de alzada del expediente sancionador nº 57/2001 BOD, por infracciones en materia sanitaria, iniciado en la Delegación Provincial de Sanidad de Pontevedra.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste para interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente cédula.

La presente cédula se expide para que conste y le sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Pontevedra, 11 de abril de 2002.

Mª Dolores Pan Vázquez

Delegada provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: nº 57/2001 BOD.

Denunciado: Santiago Arias Alonso.

Último domicilio conocido: calle Rosario, nº 10, ayuntamiento de Vigo.

Hecho denunciado: infracción en materia sanitaria.

Precepto infringido:-Artículo 2.2º del Real decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.-Artículo 3, anexo capítulo I, punto 2, capítulo II 1 a), b), c), capítulo IX punto 3, capítulo X del Real decreto 2207/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene relativas a los productos alimenticios.-Artículo 7 del Real decreto 202/2000, de 12 de febrero, por el que se establecen las normas relativas a los manipuladores de alimentos.

Precepto sancionador: artículo 35.A) 1º de la Ley 14/1986, de 25 de abril, Ley general de sanidad.

Sanción impuesta: 450,76 euros.