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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Jueves, 06 de junio de 2002 Pág. 8.568

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2002, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se hace pública la aprobación definitiva del proyecto sectorial para la implantación de la plataforma logística-industrial en el suelo delimitado en los ayuntamientos de Salvaterra de Miño y As Neves.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 80/2002, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyecto sectoriales de incidencia supramunicipal, se hace público el acuerdo, de 15 de este mes y año, adoptado por el Consello de la Xunta de Galicia aprobando definitivamente el proyecto sectorial para la implantación de la plataforma logística-industrial en el suelo delimitado en los ayuntamientos de Salvaterra de Miño y As Neves, que literalmente dice:

«1. Aprobar definitivamente, a los efectos establecidos por la Ley 10/1995, de ordenación del territorio de Galicia y el Decreto 80/2000, de 23 de marzo, el proyecto sectorial para la implantación de la plataforma logística industrial en el suelo de limitado de los ayuntamientos de Salvaterra de Miño y As Neves, con las siguientes especificaciones:

a) Se incorpora en la relación de propietarios afectados a los del polígono 15 del catastro de rústica de As Neves.

b) Se incorpora en las normas para la ejecución del proyecto sectorial, un nuevo artículo 1.14º con el siguiente texto: «todos los instrumentos y proyectos técnicos que se elaboren para el desarrollo y ejecución del proyecto sectorial deberán cumplir lo dispuesto por la Ley 8/1997, de accesibilidad y supresión de

barreras en la Comunidad Autónoma de Galicia y su reglamento de desarrollo aprobado por el Decreto 35/2000, de 28 de enero».

c) Se elimina la previsión de devolución de impuestos, arbitrios o tasas de carácter municipal.

2. Declarar, conforme con la Ley 10/1995, de ordenación del territorio de Galicia y el Decreto 80/2000, de 23 de marzo, la prevalencia de los intereses públicos del proyecto sectorial para la implantación de la plataforma logística industrial en el suelo delimitado de los ayuntamientos de Salvaterra de Miño y As Neves, sobre las actuaciones previstas para el aprovechamiento de los recursos mineros afectados.

3. Declarar la utilidad pública e interés social de las obras, instalaciones y servicios previstos, así como la necesidad de ocupación, a los efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos necesarios para la ejecución del proyecto sectorial para la implantación de la plataforma logística industrial en el suelo delimitado de los ayuntamientos de Salvaterra de Miño e As Neves».

4. Las obras de urbanización especificadas en el proyecto sectorial quedan calificadas como de marcado carácter territorial y no estarán sujetas a licencia urbanística municipal, en los términos de la disposición adicional primera de la Ley 10/1995, de ordenación del territorio de Galicia y en el artículo 11.3º del Decreto 80/2000, de 23 de marzo».

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos oportunos, advirtiéndose que contra el acuerdo transcrito, que es definitivo en vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, y sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro que, en su caso, estimen procedente.

Santiago de Compostela, 23 de mayo de 2002.

José Jesús Cudeiro Mazaira

Director general de Urbanismo