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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Lunes, 03 de junio de 2002 Pág. 8.321

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE VILAGARCÍA DE AROUSA

EDICTO (351/2000).

Yo, María Jesús Pérez Fernández, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Vilagarcía de Arousa, hago saber que en el procedimiento de que se hará mérito ha recaído la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen literalmente:

«Sentencia. En Vilagarcía de Arousa a 16 de enero de 2002. Vistos por mí, José Antonio Vázquez Taín, juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de esta localidad y su partido judicial, los presentes autos de juicio declarativo de menor cuantía, con el número 351 de 2000, de los asuntos civiles de este juzgado, seguidos a instancia de Isaac Gutiérrez García, mayor de edad y vecino de Cambre, representado por el procurador Luis Abalo Álvarez, bajo la dirección del letrado Sr. Méndez Velasco, contra Preconsa, con domicilio en Vilagarcía de Arousa, representada por la procuradora Sofía Doldán de Cáceres, y asistida por el letrado Sr. Tábora Sánchez, y contra Oteca, rebelde, sobre tercería de mejor derecho.

Fallo que estimando la excepción de litispendencia alegada por la parte demandada, debo desestimar y desestimo la demanda presentada a instancia de Isaac Gutiérrez, contra Preconsa y Oteca, sin entrar en el fondo de la cuestión planteada y sin hacer especial

pronunciamiento en materia de costas. Esta resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante este mismo juzgado y para ante la Audiencia Provincial, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 455 y siguientes de la Ley de enjuiciamiento civil. Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos, lo dispongo, mando y firmo José Antonio Vázquez Taín, juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Vilagarcía de Arousa».

Y para que sirva de notificación a la demandada rebelde, Oteca, S.A. (Obras, Tendidos y Caminos, S.A.), cuyo paradero se ignora, expido y firmo el presente en Vilagarcía de Arousa, dieciocho de abril de dos mil dos.

La secretaria

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