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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 104 Viernes, 31 de mayo de 2002 Pág. 7.983

VI. ANUNCIOS

OTROS ANUNCIOS

FUNDACIÓN MANUEL VENTURA FIGUEROA

ANUNCIO por el que se hace pública la convocatoria de ayudas al estudio de la Fundación Manuel Ventura Figueroa.

El Patronato de la Fundación Manuel Ventura Figueroa en su reunión celebrada en Santiago de Compostela el día veintidós de febrero de dos mil dos tomó, entre otros, el acuerdo de convocatoria de ayudas al estudio cuyo texto figura como anexo al presente anuncio.

Los interesados podrán presentar sus solicitudes en el lugar y durante el plazo establecido en la convocatoria mediante el modelo que figura como anexo a la misma.

La presente convocatoria también se hará pública por medio de anuncios en los diarios de mayor difusión de Galicia.

De todo lo cual se hace público para general conocimiento.

Santiago de Compostela, 22 de mayo de 2002.

Celso Currás Fernández

Presidente del Patronato de la Fundación

Manuel Ventura Figueroa

ANEXO

CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO DE LA FUNDACIÓN MANUEL VENTURA FIGUEROA

La Fundación Manuel Ventura Figueroa fue instituida en 1784 por los albaceas testamentarios del

Manuel Ventura Figueroa, patriarca de las Indias, arzobispo de Laodicea y gobernador del Consejo y Cámara de Castilla con el objeto entre otros de proporcionar ayudas económicas para realizar estudios de toda clase a favor de sus parientes.

En cumplimiento de este mandato testamentario el Patronato de la Fundación, en su reunión celebrada el día 22 de febrero de 2002, acordó convocar ayudas al estudio con sujeción a las siguientes

BASES:

Primera.-Objeto.

Se convocan ayudas para la realización de estudios universitarios de 1, 2º, 3 ciclo y para la realización de tesis doctorales para el curso académico 2002-2003.

Segunda.-Importe y número de las ayudas.

El número de ayudas es ocho (8) de mil quinientos dos euros con cincuenta y tres céntimos cada una (1.502,53) correspondientes al 1 y 2º ciclo de estudios universitarios, seis (6) de dos mil ciento tres euros con cincuenta y cuatro céntimos (2.103,54) para el 3 ciclo y dos (2) de tres mil cinco euros con seis céntimos (3.005,06) para la realización de tesis doctorales.

Tercera.-Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los parientes del fundador debidamente clasificados como tales y que resulten seleccionados por el patronato.

Cuarta.-Plazo de solicitudes, lugar y documentación.

Las ayudas podrán solicitarse mediante modelo que figura como anexo a esta convocatoria.

El plazo de presentación de las solicitudes será desde el 1 de julio de 2002 hasta el 28 de septiembre de 2002.

El lugar de presentación de las solicitudes será el registro general de la Xunta de Galicia o en cualquier registro de la Administración Autonómica de Galicia.

Las solicitudes irán dirigidas al presidente del patronato, conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, San Caetano Santiago de Compostela.

Esta ayuda podrá ser compatible con otro tipo de beca, a juicio del patronato.

El patronato podrá solicitar informes a entidades o personas públicas o privadas o cualquier otra documentación complementaria y acreditativa de las situaciones de los solicitantes.

En las solicitudes deberá declararse bajo su responsabilidad que los datos presentados son ciertos.

Documentos que deberán acompañarse a la solicitud:

-Copia del DNI del solicitante.

-Copia del libro de familia.

-Acreditación del parentesco con el fundador.

-Copia de la declaración de la renta de las personas físicas o solicitud de devolución del año 2001 de todos los miembros que convivan en el domicilio familiar.

-Copia de los datos económicos obrantes en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) del año 2001 correspondiente a los miembros computables que no presenten declaración de renta o solicitud de devolución.

-Justificantes de ingresos de las entidades pagadoras en el caso de no estar obligado a realizar la declaración de la renta del año 2001.

-Copia de la declaración de patrimonio del año 2001.

-Sentencia de separación de matrimonio y convenio regulador de ser el caso.

-Para alumnos que inicien estudios universitarios:

Copia de la tarjeta de la selectividad (cotejada).

Notas de 2º de bachillerato o de COU en su caso (cotejadas).

-Para alumnos que continúen estudios universitarios:

Certificación académica en la que consten las calificaciones obtenidas en las materias en que estén matriculados en el año 2001/02 (cotejada).

-Para alumnos que se matriculen en los cursos de doctorado:

Certificación académica de los estudios de licenciatura (cotejada).

-Para los candidatos a tesis doctoral:

Certificación académica de estudios de licenciatura (cotejada).

Certificación académica de cursos de doctorado (cotejada).

La comprobación de que haya una ocultación de datos o que los mismos sean falsos dará lugar, automáticamente a la inadmisión de la solicitud o a la retirada de la bolsa, con devolución de las cantidades percibidas indebidamente.

Quinta.-Duración.

La duración de la ayuda será de un año pudiendo ser objeto de renovación a juicio del patronato en el caso de que persistan las iniciales condiciones. La renovación deberá solicitarse expresamente en la siguiente convocatoria, teniendo preferencia sobre los otros solicitantes. Los alumnos de renovación deberán presentar sólo aquellos documentos que modifican los datos respecto de los presentados en el curso anterior, ingresos, calificaciones, informe del departamento etc.

Sexta.-Criterios de selección.

Se tendrán en cuenta, fundamentalmente, los siguientes:

a) Situación económica de los solicitantes.

b) Trayectoria académica del solicitante.

c) Proximidad en el grado de parentesco con el fundador.

d) Existencia o no de otras ayudas o de su solicitud.

Los requisitos de tipo académico que se valorarán serán:

Para los estudiantes que inician estudios universitarios se valorará la nota global de la selectividad y las calificaciones de segundo de bachillerato o de COU, en su caso.

Para los estudiantes que continúan estudios universitarios (primer o segundo ciclo) se valorarán las calificaciones obtenidas en el curso 2001/2002. Para el cálculo de nota media obtenida en este curso se aplicarán los mismos criterios que utiliza el Ministerio de Educación y Cultura en la convocatoria general de becas.

Para los estudiantes que se matriculen en los cursos o programas de doctorado, se valorarán las calificaciones obtenidas en la licenciatura y el grado de licenciado.

Para aquellos solicitantes de ayuda para la realización de tesis doctoral, se valorarán las calificaciones obtenidas en la licenciatura, en los cursos de doctorado y el grado de licenciado.

Los requisitos económicos que se valorarán serán todos los ingresos de la unidad familiar entendiendo por esta los padres del solicitante, los hermanos que vivan en el mismo domicilio y tengan treinta años o menos, y los ascendientes de los padres si viven con éstos. El cálculo de la renta neta se hará según establezca la convocatoria general de bolsas del Ministerio de Educación y Cultura para el próximo curso académico 2002/2003.

También se tendrán en cuenta los bienes patrimoniales que posea la familia: fincas urbanas, rústicas, bienes muebles, etc.

La adjudicación de las ayudas se hará en virtud de la mayor puntuación total alcanzada por cada uno de los candidatos.

Séptima.-Comisión.

La comisión de selección estará compuesta por los miembros del patronato.

Octava.-Resolución.

La resolución de las bolsas se llevará a cabo por el presidente del patronato durante el mes de octubre de 2002 y se hará pública.