De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), se le notifica a la persona que en el anexo se menciona que con esta fecha resolví publicar la resolución del expediente sancionador por infracción en materia de vivienda por no ser posible la notificación a través del servivio de correos.
El interesado podrá presentar contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, recurso de alzada en el plazo de un mes ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, pudiéndolo interponer bien directamente ante él o bien ante esta delegación provincial. De no interponerlo se le advierte que deberá ingresar el importe de la sanción en la cuenta abierta en Caixa Galicia a nombre del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo para el cobro de multas y sanciones (cuenta nº 3110000897) en el plazo establecido en el artículo 20 del Reglamento de recaudación. De no hacerlo dentro de este plazo se procederá a su cobro por la vía de apremio.
Ourense, 29 de abril de 2002
José Elier Ojea Ureña
Delegado provincial del Instituto Gallego
de la Vivienda y Suelo
ANEXO
Expediente nº E.S. OU-30/01.
Responsable: Fidel Rodríguez Penelas.
Última dirección conocida: Díaz de la Banda, nº 22, bl. C, b-D.32004 Ourense.
Hechos imputados: no destinar la vivienda de protección oficial de la que es adjudicatario a domicilio habitual y permanente.
Infracción: grave (artículo 5º.c) de la Ley 13/1996).
Sanción propuesta: 1.502,53 euros.