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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 103 Jueves, 30 de mayo de 2002 Pág. 7.886

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 15 de mayo de 2002 por la que se convoca concurso de méritos específico entre funcionarios de carrera de los cuerpos docentes que imparten enseñanzas en niveles no univesitarios, para cubrir puestos de profesores en plazas sometidas a convenio o a programas específicos de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

El Decreto 244/1999, de 29 de julio, por el que se regula la cobertura de diversas plazas por funcionarios públicos docentes que imparten enseñanzas de niveles no universitarios prevé, en el artículo 3.2º, que las plazas que en él se indican podrán ser cubiertas mediante el correspondiente concurso específico

de méritos y por el plazo que se determine en la convocatoria, dichas plazas deberán ser provistas a través de un concurso específico de méritos para su provisión mediante nombramiento temporal con reserva del puesto de trabajo de origen y por el tiempo que se establezca en la correspondiente convocatoria, que en ningún caso podrá exceder en más de seis años.

Asimismo, el artículo 5 de dicho decreto establece que pueden cubrirse por este mismo procedimiento aquellas plazas que, según las previsiones que contiene el artículo 59 de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de educación general del sistema educativo, favorezcan las elaboraciones de proyectos, innovaciones curriculares, metodológicas, etc., entre las que existen plazas de reciente implantación o de difícil cobertura por el procedimiento ordinario.

Siendo necesaria la provisión de distintas plazas debido a diversos convenios entre la administración educativa y distintas instituciones o entidades a que se refiere el artículo 3 del Decreto 244/1999, de 29 de julio, y otras incluidas en el artículo 5 de dicho decreto, y teniendo en cuenta la habilitación que figura en la disposición última primera del mismo decreto que autoriza al conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria para dictar las disposiciones que sean precisas para su aplicación y desarrollo.

Es por lo que esta Consellería de Educación y Ordenación Universitaria

DISPONE:

Primero.-Convocar concurso público de méritos específicos entre funcionarios de carrera de los cuerpos docentes que impartan enseñanzas de niveles no universitarias, para adjudicar en comisión de servicios las plazas que figuran en el anexo I de esta orden.

Segundo.-Podrán participar en esta convocatoria los funcionarios de carrera de los cuerpos docentes que impartan enseñanzas de niveles no universitarias con destino actual en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, que cuenten, por lo menos, con tres años de servicio como docentes en centros públicos, contabilizados hasta el 31 de agosto de 2002 y justifiquen documentalmente reunir los requisitos señalados para cada puesto.

Tercero.-El plazo para la presentación de instancias para tomar parte en esta convocatoria, dirigidas al conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, será de veinte días naturales desde la publicación de la presente orden y podrán presentarse en el registro general de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, en las delegaciones provinciales, o bien en la forma prevista en el artículo 38.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En el supuesto de optar por la presentación de la solicitud y demás documentación ante la oficina de correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea sellada y fechada por el funcionario de correos antes de ser certificada.

Una vez acabado el plazo de presentación de instancias y demás documentación no se admitirá ninguna modificación en las peticiones formuladas. No obstante a lo anterior, se admitirá renuncia a la participación en el concurso de méritos específico dentro del plazo establecido para las reclamaciones señaladas en el punto sexto, entendiendo que tal renuncia afecta a todas las peticiones formuladas.

Cuarto.-Aunque se concurse a más de una plaza los concursantes presentarán una única instancia, acompañada de una fotocopia de ésta y una hoja de alegaciones y autobaremación, ajustada al modelo que se pondrá a disposición de los interesados en las delegaciones provinciales de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y simultaneamente presentarán, para la demostración de los méritos, los documentos que se indican en el baremo que aparece como anexo II.

Los concursantes presentarán además:

-Proyecto de trabajo sobre las líneas básicas de actuación para el desarrollo de las funciones inherentes al puesto que se solicita, teniendo en cuenta las características del mismo, con una extensión máxima de 20 folios.

Todas las fotocopias que se remitan deberán ir acompañadas de las diligencias de compulsa, expedidas por los directores de los centros o de las delegaciones provinciales de la Consellería de Educación y Ordenación Universiaria. No se admitirá fotocopia que carezca de la diligencia de compulsa.

Quinto.-La selección de los aspirantes será realizada por una comisión que presidirá el secretario general o persona en la que delegue, y de la que formarán parte:

-2 vocales con la categoría de subdirectores generales o jefes de servicio de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

-2 inspectores de Educación.

-Un funcionario de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, que actuará como secretario con voz y sin voto.

-Los sindicatos integrantes de la mesa sectorial de personal docente no universitario podrá nombrar un representante para asistir a las sesiones de la comisión.

-La comisión podrá solicitar la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración.

Sexto.-Para la valoración de los aparatados 1, 2, 3.1, 3.2 y 4.1 del baremo establecido en el anexo II la comisión de selección delega esta función una subcomisión formada por funcionarios de la Dirección General de Personal de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria. Una vez hecha la misma, los resultados serán publicados en los tablones de anuncios de la consellería y de las delegaciones provinciales, señalando la relación de excluidos y la causa de su exclusión y estableciendo un plazo de 8 días naturales desde su exposición para presentar las reclamaciones que procedan.

Todos los aspirantes que obtengan una puntuación mínima de 4 puntos en el proyecto podrán ser convocados por la comisión de selección a la celebración de una entrevista para mejor apreciar las circunstancias que concurran en ellos, y que versará sobre el proyecto presentado.

Séptimo.-Los miembros de la comisión y subcomisión estarán sujetos a las causas de abstención y recusación establecidas en los artículos 28 y 29 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y tendrán derecho a percibir asistencias y ayudas de coste por concurrir las sesiones, conforme al Decreto 299/1990, de 24 de mayo, estando calificadas en la categoría primera.

Octavo.-Aquellos aspirantes que no consigan una puntuación mínima de 4 puntos en el proyecto y de 4 puntos en la entrevista, caso de que tenga lugar, no podrán ser propuestos por la comisión. Serán seleccionados aquellos aspirantes que obteniendo las puntuaciones mínimas señaladas, consigan las mayores puntuaciones en el total de los apartados contemplados en el baremo establecido en el anexo II, para la plaza que solicitan.

Noveno.-En el caso de producirse empates en el total de las puntuaciones otorgadas, estos se resolverán, atendiendo sucesivamente y por este orden a la mayor puntuación en los apartados 5, 1, 3.3, 4.2, 3.1, 3.2, 4.1 y 2.

Décimo.-Una vez realizado todo el proceso anterior, la comisión de selección propondrá al conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria la adjudicación de los puestos, que será objeto de publicación en

el Diario Oficial de Galicia, y por la que se entenderán notificados, para todos los efectos, los concursantes a los que les afecte. Contra esta resolución se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguientes al de su publicación. De no considerar oportuna la interposición del citado recurso, se podrá formular directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, conforme se establece en los capítulos II y III de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Decimoprimero.-El plazo máximo para notificar la resolución de este procedimiento será de 6 meses a contar desde el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, teniendo efectos desestimatorios a falta de resolución expresa en ese período.

Decimosegundo.-Los seleccionados deberán incorporarse a las prazas obtenidas con fecha de 1 de septiembre del año 2002, cesando en su destino de procedencia al 31 de agosto del mismo año.

Las plazas adjudicadas lo serán en comisión de servicios, por un período de dos años y un máximo de seis y con reserva del puesto de trabajo de origen, de acuerdo con lo dispuesto en el punto 2º del artículo 3 del Decreto 244/1999, de 29 de julio.

Decimotercero.-Esta disposición entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 15 de mayo de 2002.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO I

Nº puestoConvenio

1Cáritas Diocesana de Lugo para el desarrollo del programa de educación compensatoria «Preescolar na Casa».

DestinoZonas de trabajo de Preescolar na Casa, que se especifican a continuación:

Provincia de Lugo: 1 equipo T.V.

Provincia de Pontevedra: municipios de: 1. Arbo, Avión, A Cañiza, Covelo, Mondariz, As Neves, Crecente, Salvaterra de Miño, Ponteareas.

PlazasLugo: 1 (equipo T.V.), Pontevedra: 1; todas de maestros.

FuncionesEstudio de la zona (recogida de datos, convocatorias y visitas a familias). Planificación y realización de reuniones quincenales con las familias, tratando de resaltar el valor de lo cotidiano, la utilidad de los materiales del entorno, impulsando la reflexión de los adultos y del intercambio entre ellos. Contacto con las personas e instituciones de la zona que puedan tener relación con el trabajo (pediatras, asistentes sociales, maestros, etc.). Colaborar con los diferentes medios del programa (revista, radio y televisión). Participar en las reuniones de zona y generales. Comprometerse con la formación. Organización de actividades diferentes a las reuniones de orientación (excursiones, charlas, exposiciones, etc.).

ObservacionesCarnet de conducir y disponibilidad de vehículo. De acuerdo con las necesidades del programa las zonas de trabajo pueden sufrir modificaciones a lo largo del curso.

2Secretaría General para el Deporte.

DestinoServicios provinciales (A Coruña, Lugo), servicios centrales (Santiago de Compostela).

Plazas3 maestros o profesores de enseñanza secundaria.

A Coruña: 1.

Lugo: 1.

Santiago de Compostela: 1.

FuncionesDesarrollo de la campaña del deporte en idad escolar. Participación en la programación y divulgación de la campaña de deporte en edad escolar y las zonas y comarcas de su área de actuación.

Organización y seguimiento de competiciones deportivas.

Coordinación de grupo de trabajo y dinamización de la campaña.

Elaboración de memorias y estatísticas de la campaña.

Nº puestoConvenio

RequisitosExperiencia en organización de competiciones deportivas en edad escolar.

ObservacionesHorario adecuado a las necesidades de la actividad deportiva y a su desarrollo (tardes y fines de semana). Necesidad de desplazamiento a las competiciones o servicios de coordinación.

3Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud.

DestinoCentros de reeducación dependientes de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en:

Ourense.

Pontevedra.

PlazasPlazas: 3 maestros.

Ourense: 2 puestos.

Pontevedra: 1 puesto.

FuncionesOrganizar y coordinar las actividades educativas docentes.

Apoyar la integración sociolaboral de los internos.

RequisitosExperiencia de tres años, como mínimo, en educación de adultos y de trabajo con personas con necesidades educativas especiales. Conocimientos en informática de usuario.

ObservacionesDisponibilidad horaria (jornada partida para adaptarse a las necesidades de los internos).

4Asociación diminuídos psíquicos de Santiago (ASPAS).

DestinoSantiago de Compostela.

Plazas1 para maestros.

FuncionesIntegración social de los jóveves diminuidos. A través del trabajo como terapia fundamental mejorar la situación personal y la calidad de vida de estos jóvenes discapacitados. Actividades ajustadas a su situación. Realizar y, en su caso, coordinar todas las actividades escolares y extraescolares del centro. Trabajo en programas de desarrollo integral.

RequisitosExperiencia en educación especial. Especialista en pedagogía terapéutica o en orientación educativa. Conocimiento de trabajo en manualidades, encuadernación, cerámica, etc.

ObservacionesHorario adaptado a las necesidades del centro.

5Caixa Galicia.

DestinoCaixa Galicia de Monforte de Lemos.

Plazas1 de maestros.

FuncionesDocentes propias del puesto.

RequisitosEspecialidad en educación infantil.

6Consellería de Sanidad y Servicios Sociales.

DestinoHospital Islas Cíes de Vigo.

Plazas1 para maestros.

FuncionesContinuar su formación durante la permanencia en el hospital, sin que la actividad docente cause perjuicios a su bienestar y no obstaculice los tratamientos correspondientes. Mantener hábitos de estudio. Coordinación con los centros educativos a los que asisten normalmente. Estimular la actividad creativa para evitar el aburrimiento. Dar un carácter positivo y contenido formativo a los tiempos libres y de ocio en el hospital.

RequisitosCompetencia como asesor y trabajo en equipo con el personal del centro hospitalario. Cursos relacionados con la salud.

ObservacionesHorario adaptado a las necesidades del centro.

7Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud.

DestinoServicio de Igualdad. Santiago de Compostela.

Plazas1 para profesores de enseñanza secundaria.

FuncionesElaboración de material didáctico destinado al alumnado. Revisión y adecuación del material formativo al principio de no discriminación por razón de género. Diseño de cursos formativos en políticas de igualdad y coeducación destinadas a la comunidad escolar y otros colectivos. Organización de actividades formativas en materia de igualdad para el profesorado de los distintos niveles educativos. Elaboración de materiales de coeducación dirigidos a la prevención de la violencia contra las mujeres y difusión de estos materiales entre la comunidad escolar.

RequisitosConocimiento exhaustivo del sistema educativo. Conocimiento de las políticas desarrolladas en la actualidad para fomentar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Conocimiento y experiencia en programas de prevención de violencia de género, aplicada al ámbito educativo. Experiencia en organización, coordinación y gestión de formación dirigida al profesorado en temas de educación para la igualdad. Experiencia en organización, coordinación y gestión de la formación dirigida a padres y madres para fomentar la educación para la igualdad desde el ámbito familiar. Revisión y elaboración de proyectos, programas y materiales didácticos desde la perspectiva integradora de género. Experiencia docente de educación para la igualdad en cursos y actividades formativas dirigidas a profesionales docentes.

ObservacionesHorario adaptado a las necesidades del puesto.

Nº puestoConvenio

8Fundación Galicia-América.

DestinoColegio Santiago Apóstolo de Buenos Aires (Argentina).

Plazas1 para maestros, especialista en lengua gallega.

1 para profesores de enseñanza secundaria, licenciado en filología gallega, o en las subsecciones de gallego-portugués de filología hispánica o galaico-portuguesa de filología románica.

FuncionesImpartición de lengua, literatura y cultura gallegas al alumnado del colegio, y organizar actividades para la colectividad de origen gallega relacionada con el centro.

RequisitosDiploma de especialista en lengua gallega o licenciatura en filología gallega o en las subsecciones de gallego-portugués de filología hispánica o galaico-portuguesa de filología románica.

ObservacionesDisponibilidad horaria para adaptarse a las necesidades del centro.

ANEXO II

ConceptosPuntuaciónTotal puntos

máximo

Documentos justificativos

1. Antigüedad:

Por cada año de servicios efectivos prestados en la situación de servicio activo como funcionario de carrera de un cuerpo docente

0,50 puntos5 puntos

2. Méritos académicos:

2.1. Por el título de doctor

2.2. Titulaciones de segundo ciclo: por cada licenciatura, ingeniería, arquitectura o títulos declarados legalmente equivalentes

2.3. Titulaciones de primer ciclo: por la segunda diplomatura o los 3 primeros cursos de una licenciatura

1 punto

0,5 puntos

0,25 puntos

2 puntosCopia compulsada de las titulaciones alegadas.

3. Formación y perfeccionamiento:

3.1. Por cursos superados que tengan por objecto el perfeccionamiento sobre los aspectos científicos y didácticos, organizados por las administraciones educativas que se encuentren en pleno ejercicio de sus competencias en materia educativa, por instituciones sin ánimo de lucro que fuesen homologadas por las administraciones precitadas, así como los organizados por las universidades (0,10 puntos por cada 10 horas de cursos superados acreditados)

3.2. Por otras actividades de formación y perfeccionamiento en materia educativa, incluida la impartición de cursos (0,10 puntos por cada 10 horas)

3.3. Por actividades de formación específica directamente relacionadas con el puesto al que se pretende acceder (0,10 puntos por cada 10 horas)

Hasta 2 puntos

Hasta 1 punto

Hasta 3 puntos

6 puntosCopia compulsada de la documentación alegada.

4. Publicaciones, proyectos, innovaciones técnicas:

4.1. Por publicaciones de carácter didáctico o científico, proyectos e innovaciones técnicas, de carácter general

4.2. Por publicaciones de carácter didáctico o científico, proyectos e innovaciones técnicas, relacionadas con la plaza que se solicita

(Deberán contener ISBN, excepto las excepciones contempladas en la legislación vigente)

Hasta 1 punto

Hasta 2 puntos

3 puntosDocumentación original

5. Proyecto de trabajo:

El proyecto de trabajo deberá contener los objetivos, planificación general, actividades, justificación y definición a la que corresponde la plaza que se solicita

(puntuación mínima exigida por este punto: 4 puntos)

Hasta 6 puntos por el proyecto

Hasta 6 puntosOriginal, con una extensión máxima de 20 folios

6. Entrevista sobre el proyecto presentado (puntuación mínima exigida por este apartado: 4 puntos)Hasta 6 puntos por la entrevistaHasta 6 puntos

ConceptoPuntuaciones

parciales

Total

1. Antigüedad

(Máximo 3 puntos)

Por cada año de funcionario de carrera en el cuerpo docente

0,50

2. Méritos académicos

(Máximo 2 puntos)

2.1 Por el título de doctor1
2.2. Titulaciones segundo ciclo0,5
2.3. Titulaciones primer ciclo0,25

3. Formación y perfeccionamiento

(Máximo 6 puntos)

3.1. Por cursos superados que tengan por objeto el perfeccionamiento sobre los aspectos científicos y didácticos, organizados por las administraciones educativas (0,10 puntos por c/10 horas)Hasta 2 puntos
3.2. Por otras actividades de formación (0,10 puntos por c/10 horas)Hasta 1 punto
3.3. Por actividades de formación específica directamente relacionadas con el puesto al que se pretende acceder (0,10 puntos por c/10 horas)Hasta 3 puntos

4. Publicaciones, proyectos, innovaciones técnicas

(Máximo 3 puntos)

4.1. Por publicaciones de carácter didáctico,

Hasta 1 punto
de carácter general
4.2. Por publicaciones de carácter didáctico,Hasta 2 puntos
relacionadas con la plaza que solicita

CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO,

MUJER Y JUVENTUD