Advertidos errores en la citada orden, publicada no DOG nº 92, del 14 de mayo de 2002, es preciso hacer las siguientes correcciones:
1. En la página 6.994, columna segunda, en el artículo 3º relativo al crédito, donde dice: «Para la consecución del objetivo a que se refire la presente orden, la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales destinará hasta un límite de diez millones de pesetas, 57.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.04.231A.623.0, de los presupuestos de la Comunidad Autónoma gallega para el año 2002», debe decir: «Para la consecución del objetivo a que se refiere la presente orden, la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales destinará hasta un límite de 57.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.04.231A.623.0, de los presupuestos de la Comunidad Autónoma gallega para el año 2002».
2. En la página 6.995, columna segunda, en el artículo 8º.1 donde dice: «1. El alcalde del ayuntamiento al que se le concediese material, dispondrá de un plazo de quince días hábiles, contados a partir de la recepción de la comunicación individual de la resolución favorable, para comunicar la aceptación.
La comunicación de la aceptación puede hacerse de forma telemática, a través del Portal dos Concellos Eido Local, siempre que se señalase en su solicitud el consentimiento para la comunicación telemática como medio de comunicación», debe decir: «1. El alcalde del ayuntamiento al que se le concediese material, dispondrá de un plazo de quince días hábiles,
contados a partir de la recepción de la comunicación individual de la resolución favorable, para comunicar la aceptación».
CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO,
MUJER Y JUVENTUD