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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 103 Jueves, 30 de mayo de 2002 Pág. 7.859

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 188/2002, de 15 de mayo, por el que se acepta la cesión, a título gratuito, de un terreno situado en el ayuntamiento de A Guarda (Pontevedra) destinado a la construcción de una estación de autobuses.

El Pleno de la Corporación municipal del Ayuntamiento de A Guarda, reunido en sesión celebrada el día 2 de noviembre de 2001, acordó ceder a la Comunidad Autónoma de Galicia la finca situada en el término municipal de A Guarda, destinado a la construccción de una estación de autobuses.

La Secretaría General y del Patrimonio tramitó el correspondiente expediente de aceptación de cesión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 16, 17 y 23 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y 33, 34 y 38 del Decreto 50/1989, de 9 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de dicha ley.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda, hecha en los términos en los que el Ayuntamiento de A Guarda acordó la cesión previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día quince de mayo de dos mil dos,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se acepta la cesión, hecha por el Ayuntamiento de A Guarda, a título gratuito, de la finca de 3.099 m, situada en el término municipal de A Guarda y con los siguientes lindes: al norte, Avelino Franco y Angelina Trigo Álvarez; al sur, Manuel Sobrino, Francisco Vicente González y Ramón Miguel Rodríguez González; al este, carretera de A Pasaxe; y al oeste, castro, pared, Angelina Trigo Álvarez, Ignacio Otero Giráldez y José Otero Vicente.

Artículo 2º

La finca cedida se destinará a la construcción de una estación de autobuses. Dicha parcela resulta de la agrupación de las siguientes parcelas registrales:

Finca nº 1: tomo 969, libro 107, folio 193, finca nº 17.798.

Finca nº 2: tomo 969, libro 107, folio 194, finca nº 17.799.

Finca nº 3: tomo 969, libro 107, folio 195, finca nº 17.800.

Finca nº 4: tomo 969, libro 107, folio 196, finca nº 17.801.

Finca nº 5: tomo 969, libro 101, folio 62, finca nº 16.887.

Finca nº 6: tomo 969, libro 107, folio 197, finca nº 17.802.

Artículo 3º

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, procederá a la formalización de la cesión en el correspondiente documento público y a la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad a nombre de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Disposición final

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad del presente decreto.

Santiago de Compostela, quince de mayo de dos mil dos.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

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