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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 103 Jueves, 30 de mayo de 2002 Pág. 7.858

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 16 de mayo de 2002 por la que se clasifica como de interés cultural la Fundación Sargadelos.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Sargadelos, con domicilio en la Rúa Nova, nº 16 de Santiago de Compostela.

Supuestos de hecho:

1. Santiago Sineiro García, en calidad de representante de la fundación, en escrito de 26 de febrero de 2002, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Santiago de Compostela, el día 4 de diciembre de 2001, ante el notario José Antonio Cortizo Nieto, con el número 511 de su protocolo por Santiago Sineiro García e Isaac Díaz Pardo; interviniendo el primero en nombre y representación de la entidad mercantil Fábrica de Cerámica de Sarga

delos, S.L., y el segundo en nombre y representación de la sociedad Laboratorio de Industria y Comunicación del Castro, S.L. El 29 de abril de 2002 se otorga escritura de subsanación de la anterior escritura pública, ante el mismo notario y con el número 293 de su protocolo.

3. Según consta en el artículo 2 de sus estatutos el objeto de la fundación es el estudio y divulgación de la memoria histórica de Galicia en el ámbito cultural.

4. El patronato de la fundación estará constituido según se determina en el artículo 6 de sus estatutos.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, propuesta de clasificación como de interés cultural de la Fundación Sargadelos, dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2 del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como de interés cultural y su adscripción a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.

Fundamentos de derecho:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 13 de mayo de 2002.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como de interés cultural la Fundación Sargadelos adscribiéndola a la Consellería de Cultura,

Comunicación Social y Turismo, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 16 de mayo de 2002.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia, Relaciones

Institucionales y Administración Pública