Acordada por Decreto 66/1999, de 11 de marzo, (DOG nº 57, del 24 de marzo), la concentración parcelaria de la zona de Librán (Baleira-Lugo), se anuncia que los trabajos de investigación de la propiedad darán comienzo al día siguiente de ser publicado el último
de los avisos que corresponde hacer en el DOG, en el BOP, en el diario de más difusión de la provincia, en el tablón de anuncios del ayuntamiento y en el lugar habitual de la parroquia, y se desarrollarán durante el plazo de veinte días prorrogables, en lugar apropiado de la zona.
Con el fin de reunir los datos necesarios para establecer las bases de concentración, se requiere a los propietarios, arrendatarios y, en general, los cultivadores y titulares de cualquier gravamen para que, en el plazo señalado, presenten los títulos o documentos en los que fundamenten sus derechos.
También se notifica a todos los que aprovechan aguas públicas para que declaren la finca o fincas que riegan con las mismas, y si tal aprovechamiento está inscrito en el registro correspondiente.
Las fincas que no sean declaradas, serán consideradas como de dueño desconocido y se les dará el destino señalado en las disposicións vigentes.
La falsedad en las declaraciones dará lugar, aparte de las sanciones penales, a la responsabilidad por los daños y prejuicios que se ocasionen.
Lugo, 23 de abril de 2002.
José R. Molinero Senovilla
Delegado provincial de Lugo