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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 97 Miercoles, 22 de mayo de 2002 Pág. 7.465

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (846/2001).

Yo, Juan Rey Pita, secretario del Juzgado de lo Social número tres de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos nº 846/2001, seguidos a instancia de Nieves Dequidt Lagares contra Raywel Tours-José Blanco Leis, sobre salarios, en los que recayó sentencia en fecha 9-4-2002, que copiada en los particulares necesarios dice así:

«Que, estimando la demanda formulada por por Nieves Dequidt Lagares contra la empresa Raywel Tours, S.L., condeno a la misma a abonarle la cantidad de 1.352,28 euros que le adeuda en concepto de salarios.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social, debiendo anunciarlo previamente ante este juzgado de lo social, en el plazo de cinco días hábiles a partir del días siguiente al de su notificación.

Se previene a la empresa demandada de que para recurrir deberá acreditar haber ingresado en la c/c de consignaciones código 5604.0000.60 846-2001 de Banco BBVA de esta ciudad, denominada Cuenta del Juzgado de lo Social número tres, el importe de la condena y 150,25 euros en concepto de depósito, sin cuyos requisitos no será admitido a trámite el recurso, quedando firme la sentencia.

Asimismo, se advierte a la parte demandada de que si hace uso de tal derecho, optando por la readmisión, durante la sustantivación del procedimiento deberá abonar a la parte actora el mismo salario que percibiría, estando obligada ésta a prestar sus servicios a la demandada, a menos que la misma pefiera hacer uso de tal abono sin percibir compensación alguna por parte de la actora.

Así, por esta mi sentencia de la que se adjuntará certificación a los autos originales para su notificación y cumplimiento, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia con el fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Raywel Tours, expido y firmo esta cédula en A Coruña a 16 de abril de 2002.

El secretario judicial

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