Los comités éticos de investigación clínica son los encargados de emitir informe sobre todos los ensayos clínicos que se realicen dentro de su ámbito territorial. Los ensayos clínicos y los citados comités se regulan en la Comunidad Autónoma de Galicia por el Decreto 32/1996, de 25 de enero.
La Orden de 11 de julio de 1996, por la que se crea el Comité Ético de Investigación Clínica de Galicia, en su artículo 3 dispone que la composición del
comité se ajustará a lo establecido en el Decreto 32/1996, de 25 de enero, y sus miembros se nombrarán por orden de la Consellería de Sanidad.
En consecuencia, en virtud de las facultades que me confieren el artículo 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente (modificada por Ley 11/1988, de 20 de octubre), la Orden de 11 de julio de 1996 y la disposición adicional primera del Decreto 32/1996, de 25 de enero, antes citados, y a propuesta de la División de Farmacia y Productos Sanitarios del Servicio Gallego de Salud,
DISPONGO:
Artículo único.-Se mombra miembro del Comité Ético de Investigación Clínica de Galicia, creado por la Orden de 11 de julio de 1996, a la persona que se cita en el anexo.
Santiago de Compostela, 6 de mayo de 2002.
José Mª Hernández Cochón
Conselleiro de Sanidad
ANEXO
Nuevo miembro del CEIC de Galicia:
-Arturo Varela Freijanes (médico especialista en Medicina Interna del C.H. de Pontevedra).
CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS
Y VIVIENDA