Advertidos errores en el citado decreto, publicado en el Diario Oficial de Galicia nº 73, del 16 de abril de 2002, es necesario hacer las siguientes correcciones:
-Página 5.026, en el primer apartado del epígrafe 2.1 del artículo 5º, donde dice: «-La programación y seguimiento de las actuaciones en materia de ordenación del marisqueo y de la acuicultura», debe decir: «-La programación y seguimiento de las actuaciones en materia de ordenación de la pesca, del marisqueo y de la acuicultura».
-Página 5.029, en el epígrafe 2.2.1. del artículo 7º, donde dice: «Servicio de Coordinación y Gestión de la Investigación Marina», debe decir: «Servicio de Gestión y Coordinación de la Investigación Marina».
-Página 5.029, en el epígrafe 2.3. del artículo 7º, donde dice: «...El CIMA está integrado por el Centro de Investigaciones Marinas de Corón-Vilanova, el Centro de Cultivos Marinos de Ribadeo y el Centro de Experimentación en Acuicultura de Couso-Aguiño.», debe decir: «El CIMA está integrado por el Centro de Investigaciones Marinas de Corón-Vilanova y el Centro de Cultivos Marinos de Ribadeo.».
-Página 5.030, artículo 9º, añadir en el apartado 3 el texto siguiente: «Igualmente, les corresponden las competencias en materia de costas atribuidas a los delegados provinciales por el Decreto 151/1995, de 18 de mayo, relativo al ejercicio de las competencias en materia de costas por la Comunidad Autónoma».
-Página 5.030, artículo 9º, en el apartado 4, suprimir el texto desde la línea 11, donde dice: «...y las competencias...», hasta la línea 15, donde dice: «...de Medio Ambiente».
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