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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 87 Martes, 07 de mayo de 2002 Pág. 6.617

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN CIBRAO DAS VIÑAS

ANUNCIO.

La Comisión de Gobierno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 5 de abril de 2002, adoptó el acuerdo que transcrito literalmente dice:

«Por la Presidencia se da cuenta de la documentación presentada por los representantes de la entidad Inversiones Gabián, S.L., sobre la necesidad de adaptar el proyecto de compensación del sector C del polígono industrial, en su día aprobado, a la realidad física de la parcela C1 como consecuencia de la corrección del error detectado en la superficie del plan parcial del sector C del polígono industrial, por acuerdo plenario de fecha 25-9-2001, con posterioridad a la aprobación definitiva del proyecto de compensación.

Atendido que la corrección ha sido informada favorablemente por los servicios técnicos y la secretaría de la corporación y que consiste en un simple reajuste de las superficies de las parcelas, se da cuenta del informe suscrito por el arquitecto municipal cuyo contenido se transcribe literalmente:

«Con relación a la nueva documentación presentada por los representantes de la entidad Inversiones Gabián, S.L., referente a la necesidad de adaptación del proyecto de compensación aprobado, la realidad física de la parcela de la zona C del sector C, he de informar:

Siendo que la parcela C, según la medición real efectuada posee una superficie de 319.707 m, y no los 337.600 m, indicados en el plan parcial, tal y como ya fue reflejado en la corrección de errores efectuada a tal efecto, también las parcelas incluidas en esta zona C, deberá verse disminuidas, siendo pues la superficie real de dichas parcelas la que a continuación se señala:

Parcela 1, para uso privado industrial: 57.590 m.

Parcela 2, para uso privado industrial: 104.575 m.

Parcela 3, para uso privado industrial: 95.061 m.

Parcela 4, para uso privado industrial: 28.581 m.

Parcela A, espacios libres y zona verde: 22.500 m.

Parcela C, viales interiores en la zona C: 9.800 m.

Parcela E, equipamiento comunitario en la zona C: 1.600 m.

Superficie total de las parcelas situadas en la zona C1: 319.707 m.

El reajuste de las superficies de las parcelas anteriormente indicado, a mi juicio no supone una modificación del planeamiento aprobado, puesto que:

Según lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 1/1997, del suelo de Galicia, en los puntos 3 y 4, la rectificación del plan parcial ya aprobada, no debería ser considerada modificación de dicho plan parcial, puesto que fue el resultado del desarrollo

y estudio más preciso del planeamiento de desarrollo, cumpliéndose:

a) No afectó a la estructura fundamental del planeamiento superior ni a los usos y aprovechamiento del mismo, puesto que la ordenación prevista en el plan parcial aprobado, se mantuvo de modo íntegro, siendo que únicamente fue modificada la cuantía de la superficie ordenada.

b) No fue modificado el emplazamiento ni la superficie de las zonas verdes y espacios libres de dominio y uso público ni tampoco los equipamientos y dotaciones, realizándose el reajuste necesario para que dichas superficies y situación fuese igual que en los expedientes ya aprobados.

c) No supone incremento del aprovechamiento urbanístico ni de la densidad de las viviendas, puesto que siendo que si la superficie disminuye, también fue disminuido el aprovechamiento, y no fue variado el número de viviendas puesto que siendo un plan parcial para suelo industrial no está contemplada este tipo de uso de modo significativo.

d) No afectó a una superficie superior al 15% de la superficie delimitada en el ámbito del plan parcial, puesto que la variación real de la superficie ordenada es el 4,904% del total.

Por todo lo anteriormente indicado entiendo que debo informar favorablemente el reajuste de las superficies de las parcelas de la zona C del plan parcial del sector C del polígono industrial, en su proyecto de compensación.

Es cuanto tengo que informar, no obstante la corporación decidirá lo que estime pertinente».

Por todo ello, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 50 apartados 3º y 4º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, la Comisión de Gobierno, por unanimidad, acuerda:

Primero.-Corregir, al amparo de lo establecido en los apartados 3º y 4º del artículo 50 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, el error advertido en el proyecto de compensación aprobado por acuerdo de la Comisión de Gobierno con fecha 31-5-2001 en los términos expuestos, según informe del arquitecto municipal, quedando la superficie de las parcelas y la total del modo siguiente:

Parcela 1, para uso privado industrial: 57.590 m.

Parcela 2, para uso privado industrial: 104.575 m.

Parcela 3, para uso privado industrial: 95.061 m.

Parcela 4, para uso privado industrial: 28.581 m.

Parcela A, espacios libres y zona verde: 22.500 m.

Parcela C, viales interiores en la zona C: 9.800,00 m.

Parcela E, equipamiento comunitario en la zona C: 1.600 m.

Superficie total de las parcelas situadas en la zona C1: 319.707 m.

Segundo.-Publicar la presente corrección de errores en el BOP y en el Diario Oficial de Galicia.

Que se notifique en este sentido al interesado».

Contra este acuerdo se podrá interponer, ante la Comisión de Gobierno, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense en el plazo de dos meses, todo esto de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RGAP y PAC y 46 de la Ley 29/1928, de 13 de julio, reguladora de la JCA.

No se podrá interponer este último si se utiliza el primero y hasta que fuese resuelto dicho recurso de reposición en la forma expresa o presunta y sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.

San Cibrao das Viñas, 11 de abril de 2002.

Elisa Nogueira Méndez

Alcaldesa